DECRETO 542 de 2017
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 542
- Año
- 2017
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que los días 2 y 3 de abril de 2017 el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de La Habana, Cuba, con el fin de realizar una visita oficial a ese país;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1°.
Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Aurelio Iragorri Valencia, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículo 129.
2. Artículo 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
6. Artículos 303, 304, 314 y 323.
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2017.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
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