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DECRETO 329 de 2017

por medio del cual se modifica el artículo 11.2.1.5.1 del Decreto 2555 de 2010.

Tipo
DECRETO
Número
329
Año
2017
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y en aplicación de lo previsto en el literal i) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 11.2.1.5.1 del Decreto 2555 de 2010 establece que el Comité de Posesiones de la Superintendencia Financiera de Colombia está integrado por “el Superintendente Financiero o su representante, el Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión Institucional y los Superintendentes Delegados a su cargo”.

Que a través del Decreto 1848 de 2016 se modificó la estructura de la Superintendencia Financiera de Colombia.

Que en la nueva estructura de la Superintendencia Financiera de Colombia no existe el cargo de Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión Institucional sino los de Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros y de Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores, así como los cargos de los Superintendentes Delegados adscritos a estos.

Que en consecuencia se hace necesario modificar el artículo 11.2.1.5.1 del Decreto 2555 de 2010 para adecuar la integración del Comité de Posesiones de la Superintendencia Financiera de Colombia a su nueva estructura.

DECRETA:

Artículo 1°.

El artículo 11.2.1.5.1 del Decreto 2555 de 2010 quedará así:

“Artículo 11.2.1.5.1. Comité de Posesiones. El Comité de Posesiones estará integrado por el Superintendente Financiero o su representante, el Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Intermediarios Financieros y Seguros, el Superintendente Delegado Adjunto para Supervisión de Emisores, Administradores de Activos e Intermediarios de Valores, y los Superintendentes Delegados a cargo de estos últimos.

El Comité de Posesiones decidirá sobre las solicitudes de posesión y revocatorias de posesión de quienes deban surtir este trámite en la entidad.

El Superintendente Financiero señalará el reglamento al cual deberá sujetarse el Comité de Posesiones”. Afecta la vigencia de: Modifica

Artículo 11.

2.1.5.1 DECRETO 2555 de 2010

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 11.2.1.5.1 del Decreto 2555 de 2010.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2017.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.

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