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DECRETO 1560 de 2016

por el cual se dispone el cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos, como medida para la conservación del orden público durante la jornada de votación del plebiscito del domingo 2 de octubre de 2016.

Tipo
DECRETO
Número
1560
Año
2016
Entidad
MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por los numerales 4 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 1806 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el 24 de agosto de 2016 fue expedida la Ley Estatutaria 1806, “por medio de la cual se regula el plebiscito para la refrendación del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”.

Que a través del Decreto 1391 del 3 de agosto de 2016 se convocó al pueblo de Colombia para el domingo 2 de octubre de 2016, a fin de que decida si apoya o rechaza el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción una Paz Estable y Duradera.

Que para los fines de facilitar la ejecución de la jornada de votación del mecanismo de participación ciudadana mencionado e impedir que se presenten alteraciones al orden público, se hace necesario disponer sobre el cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos durante dicha jornada.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.

°. Cierre de pasos terrestres y fluviales fronterizos. Ordénase el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido, entre las 12:01 a. m. y las 8:00 p. m. del día 2 de octubre de 2016.

Parágrafo.
La medida debe incluir controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales fronterizos. Se exceptúan de la restricción, los tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor.

Artículo 2°.

Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 2016.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro del Interior, Juan Fernando Cristo Bustos.

La Ministra de Relaciones Exteriores, María Ángela Holguín Cuéllar.

El Ministro de Defensa Nacional, Luis Carlos Villegas Echeverri.

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