DECRETO 523 de 2016
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 523
- Año
- 2016
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República realizará una visita oficial a los siguientes países de Centroamérica en las siguientes fechas:
3 y 4 de abril de 2016 a la ciudad de Guatemala - República de El Salvador 4 y 5 de abril de 2016 a San Salvador - República de El Salvador, y 5 y 6 de abril de 2016 a la ciudad de Tegucigalpa - República de Honduras.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1°.
Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Aurelio Iragorri Valencia, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículos 129, 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304, 314 y 323.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1° de abril de 2016.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
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