DECRETO 1944 de 2015
Por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías (Invías).
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1944
- Año
- 2015
- Entidad
- MINISTERIO DE TRANSPORTE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta número 05 del día 6 de mayo de 2015 el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vías decidió someter a consideración del Gobierno nacional la modificación de la estructura de la entidad,
DECRETA:
Artículo 1°.
Se modifica el numeral 11.11 y se adiciona el numeral 11.12 del artículo 11 del Decreto número 2618 del 20 de noviembre de 2013, así:
“
Artículo 11.
Dirección técnica. Son funciones de la Dirección Técnica, las siguientes:
(…)
11. 11. Otorgar los permisos de tránsito para el transporte de cargas extradimensionadas, indivisibles extrapesadas, indivisibles extradimensionadas e indivisibles extrapesadas y extradimensionadas a la vez; así como de los permisos de uso para la construcción de accesos, instalación de tuberías, redes de servicios públicos, canalizaciones, obras destinadas a la seguridad vial y traslado de postes en la infraestructura a cargo del instituto y demás legalmente permitidos, previo concepto técnico emitido por la Subdirección de Estudios e Innovación.
11.12. Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales”.
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (numeral 11.11 ) Artículo 11 DECRETO 2618 de 2013 Adiciona parcialmente (numeral 11.12 ) Artículo 11 DECRETO 2618 de 2013
Artículo 2°.
Se modifica el numeral 12.13 del artículo 12 del Decreto número 2618 del 20 de noviembre de 2013, el cual quedará así:
“
Artículo 12.
Subdirección de Estudios e Innovación. Son funciones de la Subdirección de Estudios e Innovación, las siguientes:
(…)
12.13. Establecer, verificar y aprobar el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento o no de los permisos de tránsito para el transporte de cargas extradimensionadas, indivisibles extra pesadas, indivisibles extradimensionadas e indivisible extrapesada y extradimensionada a la vez; así como de los permisos de uso para la construcción de accesos, instalación de tuberías, redes de servicios públicos, canalizaciones, obras destinadas a la seguridad vial y traslado de postes en la infraestructura a cargo del instituto y demás legalmente permitidos, aprobar las pólizas cuando a ello haya lugar, emitir concepto técnico al respecto y dar traslado a la Dirección Técnica para el otorgamiento de los permisos de que trata el artículo 11 numeral 11.1 y a la Secretaría General para el trámite de los permisos establecidos en el artículo 21 numeral 21.6 de este decreto”.
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (numeral 12.13 ) Artículo 12 DECRETO 2618 de 2013
Artículo 3°.
Modificar el numeral 21.6 del artículo 21 del Decreto número 2618 del 20 de noviembre de 2013, el cual quedará así:
“
Artículo 21.
Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes:
(...)
21.6. Tramitar los Permisos para el Transporte de Carga Extradimensionada por las vías nacionales, a través del Grupo de Atención al Ciudadano, conforme al procedimiento establecido previa verificación y aprobación del cumplimiento de los requisitos por parte de la Subdirección de Estudios e Innovación y otorgados por la Dirección Técnica”.
Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (numeral 21.6 ) Artículo 21 DECRETO 2618 de 2013
Artículo 4°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 2618 del 20 de noviembre de 2013. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de octubre de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.
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