DECRETO 1029 de 2015
por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, a la Policía Nacional.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1029
- Año
- 2015
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°.
Campo de aplicación. El presente decreto fija las escalas de remuneración de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, a la Policía Nacional.
Artículo 2°.
Asignaciones básicas. A partir del 1° de enero de 2015, la asignación básica mensual para los servidores públicos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, incorporados a la Policía Nacional, quedará así:
GRADO SALARIAL PROFESIONAL TÉCNICO ASISTENCIAL 1 $ 2.243.155 $ 1.406.441 $ 1.143.408 2 $ 2.471.542 $ 1.505.900 $ 1.263.280 3 $ 2.535.740 $ 1.563.939 $ 1.406.441 4 $ 2.638.206 $ 1.767.796 $ 1.505.900 5 $ 2.770.982 $ 1.835.926 $ 1.621.852 6 $ 2.982.319 $ 1.940.380 - 7 $ 3.132.415 $ 2.009.599 - 8 - $ 2.135.046 - 9 - $ 2.193.472 - 10 - $ 2.277.836 - 11 - $ 2.465.671 - 12 - $ 2.765.631
- Parágrafo 1°.
Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel y corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Parágrafo 2°.
En el valor de las asignaciones básicas mensuales señaladas en el presente artículo está incorporada la prima de riesgo correspondiente al cargo del cual el empleado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, en los términos del artículo 3° del Decreto número 0236 de 2012.
Artículo 3°.
El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia.
Artículo 4°.
Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19° de la Ley 4ª de 1992.
Artículo 5°.
El artículo 3° del Decreto número 1232 de 2012 continuará vigente.
Afecta la vigencia de: Declara vigente Artículo 3 DECRETO 1232 de 2012
Artículo 6°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto número 188 de 2014 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2015. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 188 de 2014 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de mayo de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Defensa Nacional, Juan Carlos Pinzón Bueno.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.