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DECRETO 176 de 1995

por el cual se aprueba el Acuerdo número 72 de fecha diez (10) de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994), emanado de la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social.

Tipo
DECRETO
Número
176
Año
1995
Entidad
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Apruébase el Acuerdo número 72 del diez (10) de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994), emanado de la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 72 DE 1994:

(noviembre 10)

"por el cual se modifican parcialmente los Estatutos de la Caja Nacional de Previsión Social"

La Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social, En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las que le confiere el artículo 26 del Decreto 1050 de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 9ş del Acuerdo número 91 de 19 de octubre de 1983, aprobado por el Decreto 3128 del 10 de noviembre del mismo ańo (Estatutos de la Entidad), la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social está integrada por seis (6) miembros dentro de los cuales figura el Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

Que la actual denominación del Ente precitado es: Departamento Administrativo de la Función Pública, razón por la cual debe adecuarse a la nueva designación y además permitir en ausencia del titular, la asistencia de un delegado del mismo,

ACUERDA:

Artículo primero. Modificar el numeral 4ş del artículo 9ş del Acuerdo número 91 de 1983 aprobado por el Decreto número 3128 de 1983, relacionado con la integración de la Junta Directiva, el cual quedará así:

4ş. El Jefe del Departamento Administrativo de la Función Pública o su delegado.

Artículo segundo. Para todas los efectos de que trata el Acuerdo 91 de 1983 aprobado por el Decreto 3128 de 1983 se adoptará la nueva denominación citada en el artículo primero de este Acuerdo.

Artículo tercero. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias".

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá,D.C.,a los diez (10) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

El Presidente, (Fdo.) Jorge Eliseo Cabrera Caicedo.

El Secretario, (Fdo.) Ricardo León Parra Castro».

Artículo 2°.

Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 24 de enero de 1995.

Publíquese y cúmplase.

ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, María Sol Navia Velasco.

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