DECRETO 2393 de 2015
por el cual se modifica la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2393
- Año
- 2015
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 4051 de 2008 se estableció la planta de personal de la DIAN, siendo adicionada por su similar 1322 de 2011.
Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el correspondiente estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto–ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, obteniendo concepto favorable de ese Departamento Administrativo.
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó certificado de viabilidad presupuestal.
Artículo 1°.
Crear los siguientes empleos en la planta global de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN):
PLANTA GLOBAL Número de empleos Denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Inspector III 307 07 2 (dos) Inspector II 306 06 40 (cuarenta) Gestor IV 304 04 12 (doce) Gestor III 303 03 317 (trescientos diecisiete) Gestor II 302 02 540 (quinientos cuarenta) Gestor I 301 01 112 (ciento doce) Analista V 205 05 79 (setenta y nueve) Analista IV 204 04 137 (ciento treinta y siete) Analista III 203 03 61 (sesenta y uno) Analista II 202 02 9 (nueve) Analista I 201 01 66 (sesenta y seis) Facilitador IV 104 04 111 (ciento once) Facilitador III 103 02 10 (diez) Facilitador II 102 01 1 (uno) Facilitador I 101 01
Artículo 2°.
La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará a partir del 1° de julio de 2016, sin embargo podrá iniciarse antes de la fecha indicada, en la medida que empleos temporales de igual denominación, código y grado, y cuya fuente de financiación sea presupuesto de funcionamiento se supriman en forma automática por encontrarse en vacancia definitiva, tal y como lo dispone el artículo 3° del Decreto 1702 de 2014.
Artículo 3°.
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante resolución distribuirá los empleos de la planta global de que trata el presente decreto y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, los procesos, los planes, los programas y las necesidades de la Entidad.
Artículo 4°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, en los términos y condiciones aquí señalados, y modifica y adiciona en lo pertinente los Decretos 4051 de 2008 y 1322 de 2011. Afecta la vigencia de: Modifica y adiciona DECRETO 1322 de 2011 Modifica y adiciona DECRETO 4051 de 2008 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D.C., a 11 de diciembre de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.
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