DECRETO 39 de 1999
por el cual se fija la escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial y se dictan otras disposiciones en materia salarial
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 39
- Año
- 1999
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en desarrollo de las normas generales se±aladas en la Ley 4¬ de 1992,Ā ĀĀ
DECRETA:
Ā ĀĀ ArtĒculo 1 ║. FĒjase la siguiente escala salarial para los empleos de la Direcci¾n Ejecutiva de laĀ ĀĀ Administraci¾n Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial:Ā ĀĀ Grado Ā Asignaci¾n Mensual Ā 1Ā 264,512Ā 2Ā 314,461Ā 3Ā 380,652Ā 4Ā 447,072Ā 5Ā 593,189Ā 6Ā 665,956Ā 7Ā 822,663Ā 8Ā 900,338Ā 9Ā 900,34Ā 10Ā 1,069,531Ā 11Ā 1,144,097Ā 12Ā 1,217,556Ā 13Ā 1,300,813Ā 14Ā 1,454,500Ā 15Ā 1,454,523Ā 16Ā 1,701,944Ā 17Ā 1,730,227Ā 18Ā 1,874,227Ā 19Ā 1,879,753Ā 20Ā 1,901,114Ā Grado Ā Asignaci¾n Mensual Ā 1Ā 264,512Ā 2Ā 314,461Ā 3Ā 380,652Ā 4Ā 447,072Ā 5Ā 593,189Ā 6Ā 665,956Ā 7Ā 822,663Ā 8Ā 900,338Ā 9Ā 900,34Ā 10Ā 1,069,531Ā 11Ā 1,144,097Ā 12Ā 1,217,556Ā 13Ā 1,300,813Ā 14Ā 1,454,500Ā 15Ā 1,454,523Ā 16Ā 1,701,944Ā 17Ā 1,730,227Ā 18Ā 1,874,227Ā 19Ā 1,879,753Ā 20Ā 1,901,114Ā ĀĀ ArtĒculo 2 ║. A partir del 1║ de enero de 1999, la remuneraci¾n mensual del Director Ejecutivo de la Administraci¾n Judicial por concepto de asignaci¾n bßsica, serß la suma de novecientos sesenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro pesos ($969.544) M/cte. y por concepto de gastos de representaci¾n, un mill¾n setecientos veintitrķs mil seiscientos treinta y cuatro pesos ($1.723.634) M/cte.Ā ĀĀ ArtĒculo 3 ║. A partir del 1║ de enero de 1999 el cincuenta por ciento (50%) de la remuneraci¾n mensual de los empleos de Director Administrativo Grado 20 de la Direcci¾n Ejecutiva de la Administraci¾n Judicial y los Jefes de Oficina Grado 20 de las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, tendrßn el carßcter de Gastos de Representaci¾n, ·nicamente para efectos fiscales.Ā ĀĀ ArtĒculo 4 ║. Las cesantĒas de los servidores p·blicos vinculados a la Direcci¾n Ejecutiva de la Administraci¾n Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, podrßn ser administradas por las sociedades cuya creaci¾n se autoriz¾ en la Ley 50 de 1990 o por el Fondo P·blico que el Consejo Superior de la Judicatura se±ale. El Consejo Superior de a Judicatura establecerß las condiciones y requisitos para ello, en los cuales indicarß que los recursos serßn girados directamente a dichas Sociedades o Fondos. Ā ĀĀ ArtĒculo 5 ║. Ninguna autoridad podrß establecer o modificar el rķgimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artĒculo 10 de la Ley 4║ de 1992. Cualquier disposici¾n en contrario carecerß de todo efecto y no crearß derechos adquiridos.Ā ĀĀ ArtĒculo 6 ║. Nadie podrß desempe±ar simultßneamente mßs de un empleo p·blico, ni recibir mßs de una asignaci¾n que provenga del Tesoro P·blico o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptußndose las asignaciones de que trata el artĒculo 19 de la Ley 4║ de 1992.Ā ĀĀ Parßgrafo. No se podrß recibir honorarios que sumados correspondan a mßs de ocho (8) horas diarias de trabajo a varias entidades.Ā ĀĀ ArtĒculo 7 ║. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y deroga el Decreto 66 de 1998 y surte efectos fiscales a partir del 1║ de enero de 1999.Ā Afecta la vigencia de: DerogaĀĀ DECRETO 66 de 1998 ĀĀ PublĒquese y c·mplase.Ā ĀĀ Dado en Santafķ de Bogotß D.C., a 8 de enero de 1999.Ā ĀĀ ANDRES PASTRANA ARANGO Ā ĀĀ El Ministro de Justicia y del Derecho,Ā ĀĀ Parmenio Cuķllas Bastidas. Ā ĀĀ El Ministro de Hacienda y Crķdito P·blico,Ā ĀĀ Juan Camilo Restrepo Salazar. Ā ĀĀ El Director del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica,Ā ĀĀ Mauricio Zuluaga Ruiz. Ā Ā
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