Jurismart

DECRETO 4771 de 2011

Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 3° del Decreto 4567 del 1° de diciembre de 2011

Tipo
DECRETO
Número
4771
Año
2011
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 909 de 2004 y Decreto 770 de 2005,

DECRETA:

Artículo 1°.

Adiciónese el siguiente parágrafo al artículo 3° del Decreto 4567 de 2011:

"
Parágrafo.
No se requerirá la publicación de la hoja de vida, de los aspirantes a ocupar empleos del nivel directivo de los organismos que desarrollen funciones de inteligencia y contrainteligencia".

Afecta la vigencia de: Adiciona (parágrafo ) Artículo 3 DECRETO 4567 de 2011

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y adiciona el artículo 3° del Decreto 4567 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de diciembre de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Federico Rengifo Vélez.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar