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DECRETO 2882 de 1994

por el cual se aprueba el Acuerdo número 006 de diciembre 13 de 1994, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República.

Tipo
DECRETO
Número
2882
Año
1994
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y en especial las conferidas por los numerales 14 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política.

DECRETA:

Articulo 1ş. Aprobar el Acuerdo número 006 de diciembre 13 de 1994 expedido por la junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, adoptado por el Contralor General de la República mediante Resolución número 10433 de diciembre 20 de 1994, que se transcribe:

ACUERDO NUMERO 006 (diciembre 13 de 1994) por el cual se determina la planta de personal del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República.

La Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, en uso de las facultades que le confiere los artículos 99 y 100 de la Ley 106 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1ş. El Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, creado por el artículo 89 de la Ley 106 del 30 de diciembre de 1993, tendrá la siguiente planta global de personal:

NIVEL GRADO DENOMINACION No. DE CARGOS Directivo Asesor 19 Director General 1 15 Asesor 2 13 Asesor 6 12 Asesor 6 Ejecutivo 17 Jefe de Unidad 4 15 Jefe de División 5 Profesional 11 Profesional Universitario 9 10 Profesional Universitario 15 09 Profesional Universitario 21 Administrativo 07 Auxiliar administrativo 5 06 Auxiliar administrativo 8 05 Auxiliar administrativo 7 04 Auxiliar administrativo 8 Operativo 03 Conductor 2 03 Auxiliar operativo 6 02 Auxiliar operativo 6 02 Mensajero 4 01 Auxiliar operativo 8 Artículo 2ş. El Director del Fondo de Bienestar Social mediante resolución motivada podrá distribuir los cargos de acuerdo con la estructura interna, las políticas, planes y programas, y las necesidades del servicio con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos del Fondo.

Artículo 3ş. Los cargos que por el presente Decreto se crean tendrán los mismos derechos salariales y prestacionales establecidos para los empleados de la Contraloría General de la República.

Artículo 4ş. Para los funcionarios de la Contraloría General de la República que se incorporen al Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República se entenderá que no ha existido solución de continuidad en la prestación del servicio.

Artículo 5ş. El presente Acuerdo rige desde la fecha en que el Contralor General de la República lo adopte mediante resolución y sea aprobado por decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., el 13 de diciembre de 1994.

(Firmado).

Luz Elena Saldarriaga Jaime Quessep Esguerra Presidente Secretario».

Articulo 2ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Cartagena de Indias, D.T., a 29 de diciembre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Guillermo Perry Rubio.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.

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