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DECRETO 1715 de 2001

por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Tipo
DECRETO
Número
1715
Año
2001
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal, mediante oficio No. 8957 del 31 de julio de 2001,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Suprímense de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública los siguientes cargos: No. de Cargos

Dependencia y denominación del cargo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR 1 (uno) Asistente Administrativo 4140 12 PLANTA GLOBALIZADA 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 09 2 (dos) Técnico Administrativo 4065 08 1 (uno) Asistente Administrativo 4140 10 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 21 4 (cuatro) Secretario Ejecutivo 5040 16 3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 16 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 13 1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 15 9 (nueve) Auxiliar de Servicios Generales 5335 13

Artículo 2.

ş. Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública los siguientes cargos: No. de Cargos

Dependencia y denominación del cargo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR 1 (uno) Asesor 1020 11 PLANTA GLOBALIZADA 1 (uno) Profesional Universitario 3020 08 2 (dos) Profesional Universitario 3020 07 3 (tres) Técnico Administrativo 4065 10

Artículo 3.

ş. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1ş del presente decreto, podrán optar entre ser indemnizados o ser incorporados a empleos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen o adicionen.

Artículo 4.

ş. El Director del Departamento distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2ş del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.

Artículo 5.

ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2504 de 1999. Afecta la vigencia de: Modifica DECRETO 2504 de 1999 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de agosto de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.

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