Jurismart

DECRETO 1521 de 1999

por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de la Superintendencia General de Puertos

Tipo
DECRETO
Número
1521
Año
1999
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Suprímense los siguientes cargos vacantes de la planta de personal de la Superintendencia General de Puertos:

Planta Global Nş de cargos Denominación del empleo Código Grado 2 (Dos)

Profesional Especializado 3010 20 2 (Dos)

Profesional Especializado 3010 17 1 (Uno)

Profesional Universitario 3020 06 1 (Uno)

Técnico Administrativo 4065 13 2 (Dos)

Técnico Administrativo 4065 09 1 (Uno)

Secretario Ejecutivo 5040 16 5 (Cinco)

Auxiliar Administrativo 5120 15 1 (Uno)

Conductor Mecánico 5310 17

Artículo 2.

ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y modifica en lo pertinente el Decreto 2005 de 1997.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 2005 de 1997 Publíque se y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 18 de agosto de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.

El Ministro de Transporte, Mauricio Cárdenas Santamaría El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar