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DECRETO 1426 de 2012

por el cual se aclara el artículo 2° del Decreto 1344 de 2012

Tipo
DECRETO
Número
1426
Año
2012
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°.

Aclárase el artículo 2° del Decreto 1344 de 2012, el cual quedará así:

"Artículo 2°. Vigencia.El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el artículo 1° del Decreto 855 de 2012 y surte efectos fiscales a partir del 1° de julio de 2012".

Afecta la vigencia de: Aclara Artículo 2 DECRETO 1344 de 2012

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1344 de 2012.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de junio de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor

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