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DECRETO 933 de 2011

Por el cual se crea el cargo de Gerente del Fondo Adaptación y se dictan otras disposiciones

Tipo
DECRETO
Número
933
Año
2011
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4819 de 2010 se creó el Fondo Adaptación con la finalidad de identificar, estructurar y gestionar de proyectos, ejecutar procesos contractuales, disponer y transferir recursos para la recuperación, construcción y reconstrucción de infraestructura, rehabilitar económicamente sectores agrícolas, ganaderos y pecuarios afectados por la ola invernal y demás acciones requeridas con ocasión del fenómeno de "La Niña", así como para impedir definitivamente la prolongación de sus efectos.

Que teniendo en cuenta la naturaleza y funciones atribuidas a dicho Fondo por el Decreto 4819 de 2010, el mismo es una entidad descentralizada del orden nacional.

Que conforme a lo anterior y teniendo en cuenta que el Fondo Adaptación debe comenzar a cumplir con las funciones asignadas por el Decreto 4819 de 2010, se requiere crear dentro de la planta de personal de dicha entidad el empleo de Gerente y determinar su remuneración.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública emitió concepto Técnico favorable a la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para la creación del empleo de Gerente del Fondo de Adaptación.

Que para los fines del presente decreto se cuenta con la viabilidad de la Dirección de Presupuesto Público General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

Artículo 1°.

Créase en la planta de personal del Fondo Adaptación el siguiente empleo:

N o. de Cargos Denominación del empleo Código Grado GERENCIA 1(uno) Gerente de Entidad Descentralizada 0015

Artículo 2°.

A partir de la fecha de publicación del presente decreto, la remuneración del Gerente del Fondo Adaptación será la establecida por las disposiciones legales para los Ministros de Despacho.

Artículo 3°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de marzo de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Viceministro General encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Bruce Mac Master Rojas.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

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