DECRETO 676 de 2002
por el cual se establecen las correspondientes asignaciones básicas para los empleos públicos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 676
- Año
- 2002
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4Ş de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°.
A partir del 1° de enero de 2002, la escala de asignación básica para los empleos públicos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, será la siguiente: GRADO
ASIGNACION BASICA 01 2.502.485 02 2.619.629 03 2.703.677 04 2.841.993 05 2.975.307 06 3.148.048 07 3.611.838 08 4.110.198 09 4.404.439 10 4.914.202 Artículo 2ş. A partir del 1ş de enero de 2002, la asignación básica mensual del Presidente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom será de cinco millones ciento ochenta y tres mil ciento setenta y ocho pesos ($5.183.178) m/cte.
Artículo 3ş. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4Ş de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
Nadie podrá desempeńar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4Ş de 1992.
No podrán recibirse honorarios que sumados correspondan a más de ocho (8) horas diarias de trabajo a varias entidades.
Artículo 4ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 2716 de 2001, y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1ş de enero de 2002. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 2716 de 2001 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Manuel Santos.
La Ministra de Comunicaciones, Angela Montoya Holguín.
El Director Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.
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