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DECRETO 147 de 1999

por el cual se deroga el Decreto 1961 de diciembre 3 de 1992 y se reglamenta parcialmente el Decreto 3466 de 1982

Tipo
DECRETO
Número
147
Año
1999
Entidad
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 18 del Decreto-ley 3466 de 1982, que seńala la obligatoriedad para el expendedor o proveedor de fijar los precios máximos de venta al público de los bienes o servicios que ofrezca, en lista o en los bienes mismos, los productores de productos farmacéuticos sometidos a Control Directo deberán fijar, en el empaque, el envase o en el cuerpo del producto, el precio máximo de venta al público, indicando el número y la fecha del acto administrativo por el cual se fijó el correspondiente precio máximo de venta al público.

Parágrafo.
En los productores no podrá aparecer más de un precio máximo de venta al público, ni se podrán hacer tachaduras o enmendaduras al precio seńalado originalmente el cual, en todo, caso será el precio máximo de venta al público.

Artículo 2.

ş. El precio máximo de venta al público por parte de los expendedores no podrá exceder el precio máximo de venta al público seńalado por el productor, pero podrá ser inferior a éste.

Artículo 3ş. La violación de las disposiciones contenidas en el presente decreto será sancionada de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.

Artículo 4ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1961 de 1992 y las demás disposiciones que le son contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 1961 de 1992 Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de enero de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Desarrollo Económico, Fernando Araújo Perdomo.

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