Jurismart

DECRETO 246 de 1997

por el cual se crea una Prima de Nivelación para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar.

Tipo
DECRETO
Número
246
Año
1997
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en desarrollo de las normas generales se±aladas en la Ley 4a de 1992,á áá

DECRETA:

á áá ArtÝculo 1║. CrÚase la Prima de Nivelaci¾n con carßcter permanente, la cual constituirß factor salarial para efectos de determinar las primas de navidad, vacaciones, servicios, auxilio de cesantÝas, pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes, para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial (Tribunales, Juzgados, FiscalÝa General de la Naci¾n, Direcciones Ejecutivas de la Administraci¾n Judicial, Consejos Seccionales de la Judicatura y empleados de las altas Corporaciones) y la Justicia Penal Militar.á áá Esta prima no constituye base para liquidar las contribuciones parafiscales ni las cotizaciones de seguridad social, excepto para pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes.á áá áá ArtÝculo 2║. El reconocimiento y pago de la Prima de Nivelaci¾n de que trata el presente Decreto se harß mensualmente, salvo el primer pago, el cual se efectuarß el 1║ de junio cuando se disponga de los recursos, una vez se haya efectuado la adici¾n o traslado presupuestal aprobado por el Congreso de la Rep·blica requerida para su financiamiento y para 1997 tendrß efectos fiscales a partir del 1║ de enero.á áá áá ArtÝculo 3║. La Prima de Nivelaci¾n en 1997 para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar regidos por el Decreto 47 de enero 10 de 1997, de acuerdo con el grado correspondiente a su empleo, serß la siguiente:á áá Grado á Prima de Nivelaci¾n á 01á 0á 02á 0á 03á 0á 04á 0á 05á 0á 06á 0á 07á 0á 08á 0á 09á 0á 10á 0á 11á 0á 12á 0á 13á 2.681á 14á 2.808á 15á 23.129á 16á 25.406á 17á 42.502á 18á 44.102á 19á 47.365á 20á 48.357á 21á 55.96á 22á 61.468á áá Parßgrafo. La prima de nivelaci¾n en 1997 para los funcionarios a que se refiere el artÝculo 12 del Decreto 47 de 1997, serß la siguiente:á Denominaci¾n del cargo á Grado á Prima de nivelaci¾n á a) Magistrados de Tribunales y sus Fiscalesá 21á 50.112á b) Jueces de Orden P·blicoá 21á 50.112á c) Jueces y Fiscalesá 17á 39.732á d) Juecesá 15á 22.462á áá ArtÝculo 4║. La Prima de Nivelaci¾n en 1997 para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial regidos por el Decreto 51 de enero 10 de 1997, de acuerdo con el grado correspondiente a su empleo, serß la siguiente:á áá Grado á Prima de Nivelaci¾n á 01á 7.730á 02á 9.190á 03á 11.124á 04á 13.065á 05á 14.691á 06á 16.492á 07á 41.094á 08á 44.975á 09á 44.975á 10á 66.783á 11á 71.439á 12á 76.681á 13á 81.925á 14á 92.401á 15á 92.402á 16á 108.120á 17á 109.917á 18á 119.065á 19á 119.416á 20á 120.773á áá Parßgrafo. La prima de nivelaci¾n en 1997 para el Director Ejecutivo de Administraci¾n Judicial, serß de $45.866.á áá ArtÝculo 5║. La Prima de Nivelaci¾n en 1997 para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar seg·n la escala establecida por el Decreto 76 de enero 10 de 1997, serß la siguiente:á áá
1. Para los siguientes empleos del Consejo Superior de la Judicatura, incluida la Direcci¾n Ejecutiva de la Administraci¾n Judicial, la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo.de Estado:á áá enominaci¾n del cargo á Prima de nivelaci¾n á Director Ejecutivo Seccional de Administraci¾n Judicialá 225.495á Magistrado auxiliará 225.495á Secretario Generalá 223.940á Secretario Judicial del Consejo Superior de la Judicaturaá 223.940á Jefe de Control Internoá 211.499á Director Administrativoá 211.499á Director de Planeaci¾ná 191.208á Director Registro Nacional de Abogadosá 211.499á Director Unidadá 211.499á Director Administrativo y de Seccional de Administraci¾n Judicialá 143.947á Secretario de Presidencia del Consejo Estadoá 139.962á Secretario de Sala o Secci¾ná 139.962á Relatorá 139.962á Contador Liquidador de Impuestos del Consejo de Estadoá 105.494á Sustanciador del Consejo de Estadoá 105.494á Bibliotec¾logo Consejo Superior de la Judicatura, Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estadoá 71.984á Oficial Mayorá 70.297á Auxiliar de Magistradoá 52.723á Auxiliar de RelatorÝaá 52.723á Oficinista Judicialá 42.545á Escribienteá 42.545á áá El Consejo Superior de la Judicatura establecerß las equivalencias del Cargo de Magistrado Auxiliar.á áá
2. Para los siguientes empleos de los Tribunales Judiciales, del Tribunal Superior Militar y de los Consejos Seccionales de la Judicatura:á áá Denominaci¾n del cargo á Prima de nivelaci¾n á Magistrado de Tribunal Nacional de Orden P·blicoá 241.046á Magistrado de Tribunal y Consejo Seccionalá 225.495á Magistrados y Fiscales del Tribunal Superior Militará 225.495á Abogado Asesorá 139.962á Secretario de Tribunal y Consejo Seccionalá 84.356á Relatorá 84.356á Denominaci¾n del cargo á Prima de nivelaci¾n á Secretario del Tribunal Militará 70.297á Sustanciadorá 52.723á Oficial Mayorá 52.723á Bibliotec¾logo de los Tribunalesá 51.739á Escribienteá 26.015á áá áá
3. Para los siguientes empleos de los Juzgados de Circuito, Regionales y Juzgados del Tribunal Penal Militar:á Denominaci¾n del cargo á Prima de nivelaci¾n á Juez Regionalá 174.175á Auditor Superior de Guerraá 174.175á Coordinador de Juzgado Regionalá 174.175á Juez del Circuitoá 151.625á Auditor Principal de Guerraá 151.625á Juez de Instrucci¾n Penal Militará 116.636á Auditor Auxiliar de Guerraá 116.636á Asistente Social Grado 1á 56.238á Secretarioá 52.020á Oficial Mayor o Sustanciadorá 44.814á Asistente Social Grado 2á 40.693á Escribienteá 22.013á 4 Para los siguientes empleos de los Juzgados Municipalesá Denominaci¾n del cargo á Prima de nivelaci¾n á Juez Municipalá 116.636á Secretarioá 46.804á Oficial Mayorá 39.709á Sustanciadorá 39.709á Escribienteá 0á áá
5. Para los empleos de Auxiliar Judicial y Citador quedarß asÝ:á áá
6. La Prima de Nivelaci¾n para los empleos de la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar cuya denominaci¾n del cargo no estÚ se±alada en los numerales anteriores, se regirß por la siguiente escala, de acuerdo al grado correspondiente a su empleo:á áá Grado á Prima de nivelaci¾n á 01á 0á 02á 0á 03á 0á 04á 0á 05á 0á 06á 2.783á 07á 22.057á 08á 24.613á 09á 24.613á 10á 26.937á 11á 42.124á 12á 45.747á 13á 48.936á 14á 52.528á 15á 56.120á 16á 59.703á 17á 63.296á 18á 66.879á 19á 74.064á 20á 81.560á 21á 85.125á 22á 88.691á 23á 92.256á 24á 95.822á 25á 99.387á 26á 102.953á 27á 106.518á 28á 110.084á 29á 113.649á 30á 117.215á 31á 120.78á 32á 124.346á 33á 127.911á áá ArtÝculo 6║.
La Prima de Nivelaci¾n en 1997 para los funcionarios y empleados de la FiscalÝa General de la Naci¾n regidos por el Decreto 50 de enero 10 de 1997, de acuerdo con el grado correspondiente a su empleo, serß la siguiente:á áá Grado á Prima de nivelaci¾n á 01á 0á 02á 0á 03á 0á 04á 0á 05á 0á 06á 2.783á 07á 22.057á 08á 24.613á 09á 24.613á 10á 26.937á 11á 42.124á 12á 45.747á 13á 48.936á 14á 52.528á 15á 56.120á 16á 59.703á 17á 63.296á 18á 66.879á 19á 74.064á 20á 81.560á 21á 85.125á 22á 88.691á 23á 92.256á 24á 95.822á 25á 99.387á 26á 102.953á 27á 106.518á 28á 110.084á 29á 113.649á 30á 117.215á 31á 120.78á 32á 124.346á 33á 127.911á áá Parßgrafo. La Prima de nivelaci¾n en 1997 para los funcionarios a que se refiere el artÝculo 7║ del Decreto 50 de 1997, quedarß asÝ:á áá Denominaci¾n del cargo á Prima de nivelaci¾n á a) Fiscal Jefe de la Unidad ante la Corte Suprema de Justiciaá 45.866á b) Fiscales de Unidad ante la Corte Suprema de Justiciaá 42.197á c) Fiscales Jefes de Unidad ante el Tribunal Nacionalá 101.924á d) Fiscales de la Unidad ante el Tribunal Nacional y los Fiscales Jefes de Unidad de las FiscalÝas Regionales y los Fiscales de Unidad ante los Tribunales de Distrito Judicialá 96.828á e) Fiscales Jefes de Unidad ante Juzgado del Circuitoá 63.296á áá ArtÝculo 7║. La Prima de Nivelaci¾n en 1997 para los funcionarios y empleados de la FiscalÝa General de la Naci¾n regidos por el Decreto 52 de enero 10 de 1997, serß la siguiente:á áá Denominaci¾n del cargo á Prima de nivelaci¾n á Director Nacional de FiscalÝasá 275.683á Director Nacional del Cuerpoá áá TÚcnico de Investigaci¾ná 275.683á Fiscal ante Tribunal Nacionalá 241.045á Jefe de Unidad de FiscalÝa ante Tribunal Nacionalá 241.045á Director Regional de FiscalÝasá 236.380á Director Regional del Cuerpoá áá TÚcnico de Investigaci¾ná 236.380á Director Seccional del Cuerpoá áá TÚcnico de Investigaci¾ná 226.428á Director Seccional de FiscalÝasá 226.428á Fiscal ante Tribunal del Distritoá 225.495á Jefe Unidad de FiscalÝa ante Tribunal de Distritoá 225.495á Secretario Generalá 253.962á Director Nacional Administrativoá 275.683á Jefe de Oficinaá 211.499á Director Regional Administrativo y Financieroá 189.726á Jefe Unidad Regional de FiscalÝaá 174.175á Director Seccional Administrativo y Financieroá 155.513á Fiscal Regionalá 174.175á Jefe Unidad Seccional de FiscalÝaá 151.625á Asesor llá 133.564á Jefe de Divisi¾ná 147.738á Director de Escuelaá 133.564á Fiscal Seccionalá 151.625á Asesor lá 119.505á Secretario Privadoá 112.475á Coordinador Operativo llá 98.416á Profesional Especializadoá 98.416á Profesional Judicial Especializadoá 98.416á Jefe de Secci¾n IIIá 98.416á Coordinador de Investigaci¾n IIIá 98.416á Profesional universitario llá 70.297á Jefe de Secci¾n llá 70.297á Profesional universitario judicial llá 70.297á Coordinador de Criminalistica llá 70.297á Coordinador de Investigaci¾n llá 70.297á Jefe de Secci¾n lá 56.238á Profesional Universitario lá 56.238á Profesional Universitario Judicial lá 56.238á Investigador Judicial llá 56.238á Coordinador de Investigaci¾n lá 56.238á Coordinador de Criminalistica lá 56.238á Jefe de Grupo llá 56.238á Secretario Ejecutivo llá 56.238á TÚcnico Administrativo IVá 56.238á Coordinador Operativoá 56.238á TÚcnico Judicial IIIá 56.238á Escolta IIIá 49.207á Secretario Ejecutivo Iá 42.545á TÚcnico Administrativo IIIá 42.545á Escolta llá 42.545á Secretario IVá 42.545á Agente de Seguridadá 42.545á Asistente Administrativo IVá 42.545á Asistente Judicial llá 42.545á Investigador Judicial lá 42.545á Jefe de Grupo lá 42.545á Jefe de Grupo Seccional del Cuerpoá áá TÚcnico de Investigaci¾ná 42.545á TÚcnico Judicial llá 42.545á TÚcnico Judicial lá 25.015á Secretario IIIá 25.015á Auxiliar de Servicios Generales IVá 25.035á Asistente Administrativo IIIá 25.035á Conductor llá 23.774á Escolta lá 25.015á Asistente Judicial lá 25.015á TÚcnico Administrativo llá 25.015á Auxiliar Judicialá 0á Secretario llá 0á Celadorá 0á TÚcnico Administrativo Yá 0á Conductor Iá 0á Auxiliar de Servicios Generales IIIá 0á Auxiliar Administrativo IIIá 0á Asistente Administrativo llá 0á Secretario lá 0á Asistente Administrativo lá 0á Auxiliar de Servicios Generales llá 0á Auxiliar Administrativo llá 0á Auxiliar Administrativo Yá 0á Auxiliar de Servicios Generales Iá 0á Fiscal Auxiliar ante la Corte Suprema de Justiciaá 225.495á Fiscal Localá 116.636á Jefe de Unidad Local de FiscalÝaá 116.636á Jefe de Unidad de PolicÝa Judicialá 85.248á Profesional Universitarioá 52.048á Profesional Universitario Judicialá 52.020á TÚcnico Criminalisticoá 45.007á Secretario Judicial llá 45.007á Secretario Judicial lá 39.381á Asistente Judicial Localá 0á Auxiliar Judicial Localá 0á Conductorá 0á Auxiliar de Servicios Generalesá 0á áá TEXTO CORRESPONDIENTE A Adicionadoá ArtÝculo 1áDECRETO 804 de 1997 ArtÝculo 8║. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n.á áá áá PublÝquese y c·mplase.á áá Dado en Santa Fe de Bogotß, D. C., a 4 de febrero de 1997á áá ERNESTO SAMPER PIZANO á áá El Viceministro de Justicia y del Despacho encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho,á áá Carlos Alberto Malag¾n Bola±os. á áá El Viceministro de Hacienda y CrÚdito P·blico, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y CrÚdito P·blico,á áá Eduardo Fernßndez Delgado. á áá El Director del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica,á áá Edgar Alfonso Gonzßlez Salas. á áá

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar