DECRETO 189 de 2004
por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 189
- Año
- 2004
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
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Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 14 del artÝculo 189 de la Constituci¾n PolÝtica, los literales m) y n) del artÝculo 54 y el artÝculo 115 de la Ley 489 de 1998, yá áá
CONSIDERANDO:
á áá Que el Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica, present¾ el estudio tÚcnico de que tratan el artÝculo 41 de la Ley 443 de 1998 y los artÝculos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, encontrßndolo ajustado tÚcnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto previo favorable;á áá Que para los fines de este decreto la Direcci¾n General del Presupuesto P·blico Nacional del Ministerio de Hacienda y CrÚdito P·blico, otorg¾ el certificado de viabilidad presupuestal,á áá
DECRETA:
á áá
ArtÝculo 1░. SuprÝmense los siguientes empleos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica, asÝ:á áá N░ de empleos á Dependencia y denominaci¾n del empleo á C¾digo á Grado á DESPACHO DEL DIRECTOR á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 15á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 05á 1 (Uno)á Profesional Universitarioá 3020á 07á 1 (Uno)á TÚcnico Administrativoá 4065á 10á 1 (Uno)á Conductor Mecßnicoá 5310á 19á 1 (Uno)á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 19á 1 (Uno)á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 13á DESPACHO DEL SUBDIRECTOR á 1 (Uno)á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 13á PLANTA GLOBAL á 1 (Uno)á Director TÚcnicoá 0100á 22á 2 (Dos)á Profesional Especializadoá 3010á 22á 2 (Dos)á Profesional Especializadoá 3010á 18á 1 (Uno)á Profesional Especializadoá 3010á 16á 3 (Tres)á Profesional Especializadoá 3010á 15á 5 (Cinco)á Profesional Universitarioá 3002á 12á 2 (Dos)á Profesional Universitarioá 3020á 09á 1 (Uno)á Profesional Universitarioá 3020á 08á 2 (Dos)á Profesional Universitarioá 3020á 06á 2 (Dos)á TÚcnico Administrativoá 4065á 14á 3 (Tres)á TÚcnico Administrativoá 4065á 13á 1 (Uno)á TÚcnico Administrativoá 4065á 12á 3 (Tres)á TÚcnico Administrativoá 4065á 11á 6 (Seis)á TÚcnico Administrativoá 4065á 10á 4 (Cuatro)á TÚcnico Administrativoá 4065á 09á 2 (Dos)á TÚcnico Administrativoá 4065á 08á 1 (Uno)á Secretario Ejecutivoá 5040á 23á 4 (Cuatro)á Secretario Ejecutivoá 5040á 16á 4 (Cuatro)á Auxiliar Administrativoá 5120á 16á 2 (Dos)á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 13á áá ArtÝculo 2░. Las funciones propias del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica, serßn cumplidas por la planta de personal que a continuaci¾n se establece:á áá N░ de empleos á Dependencia y denominaci¾n del empleo á C¾digo á Grado á DESPACHO DEL DIRECTOR á 1 (Uno)á Director de Departamento Administrativoá 0010á -á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 18á 2 (Dos)á Asesorá 1020á 15á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 13á 2 (Dos)á Asesorá 1020á 11á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 10á 1 (Uno)á Secretario Ejecutivo del Despacho de Director de Departamento Administrativoá 5230á 26á 1 (Uno)á Conductor Mecßnicoá 5310á 15á DESPACHO DEL SUBDIRECTOR á 1 (Uno)á Subdirector de Departamento Administrativoá 0025á -á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 16á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 13á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 11á 1 (Uno)á Asesorá 1020á 10á 1 (Uno)á TÚcnico Administrativoá 4065á 11á 1 (Uno)á Secretario Ejecutivo del Despacho de Subdirector de Departamento Administrativoá 5240á 25á 1 (Uno)á Conductor Mecßnicoá 5310á 15á PLANTA GLOBAL á 3 (Tres)á Director TÚcnicoá 0100á 22á 2 (Dos)á Jefe de Oficinaá 0137á 20á 1 (Uno)á Jefe de Oficina Asesora JurÝdicaá 1045á 15á 1 (Uno)á Jefe de Oficina Asesora de Planeaci¾ná 1045á 15á 5 (Cinco)á Profesional Especializadoá 3010á 22á 6 (Seis)á Profesional Especializadoá 3010á 20á 14 (Catorce)á Profesional Especializadoá 3010á 18á 8 (Ocho)á Profesional Especializadoá 3010á 16á 16 (DiecisÚis)á Profesional Especializadoá 3010á 15á 6 (Seis)á Profesional Universitarioá 3020á 14á 7 (Siete)á Profesional Universitarioá 3020á 13á 11 (Once)á Profesional Universitarioá 3020á 12á 2 (Dos)á Profesional Universitarioá 3020á 10á 1 (Uno)á Profesional Universitarioá 3020á 09á 3 (Tres)á Profesional Universitarioá 3020á 08á 2 (Dos)á Profesional Universitarioá 3020á 07á 1 (Uno)á Profesional Universitarioá 3020á 06á 1 (Uno)á TÚcnico Administrativoá 4065á 14á 1 (Uno)á TÚcnico Administrativoá 4065á 13á 1 (Uno)á TÚcnico Administrativoá 4065á 12á 2 (Dos)á TÚcnico Administrativoá 4065á 11á 5 (Cinco)á TÚcnico Administrativoá 4065á 10á 2 (Dos)á TÚcnico Administrativoá 4065á 09á 2 (Dos)á TÚcnico Administrativoá 4065á 08á 1 (Uno)á Asistente Administrativoá 4140á 17á 1 (Uno)á Secretario Ejecutivoá 5040á 23á 4 (Cuatro)á Secretario Ejecutivoá 5040á 21á 1 (Uno)á Secretario Ejecutivoá 5040á 20á 5 (Cinco)á Secretario Ejecutivoá 5040á 16á 1 (Uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 13á 3 (Tres)á Conductor Mecßnicoá 5310á 15á 1 (Uno)á Auxiliar de Servicios Generalesá 5335á 13á áá ArtÝculo 3░. El Director del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica mediante Resoluci¾n, distribuirß los cargos de la planta global y ubicarß el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, programas y las necesidades de la entidad.á áá ArtÝculo 4░. Los empleados p·blicos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artÝculo 1░ del presente decreto y que no sean incorporados, tendrßn derecho a optar por la indemnizaci¾n o por la incorporaci¾n a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en el artÝculo 39 de la Ley 443 de 1998, y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeci¾n al procedimiento establecido en el Decreto-ley 1568 de 1998.á áá ArtÝculo 5░. Los empleados que gozan de protecci¾n especial, de conformidad con la Ley 790 de 2002, el Decreto 190 de 2003 y la Ley 812 de 2003, continuarßn vinculados a la planta de personal de que trata el artÝculo 2░ del presente decreto.á áá ArtÝculo 6░. La incorporaci¾n de los funcionarios a la planta de personal que se establece en el artÝculo 2░ del presente decreto, se harß dentro de los treinta (30) dÝas siguientes a la fecha de su publicaci¾n, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demßs normas sobre la materia.á áá ArtÝculo 7░. Los empleados p·blicos del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica, continuarßn percibiendo la remuneraci¾n mensual correspondiente a los empleos que desempe±an actualmente, hasta tanto se produzca la incorporaci¾n a la nueva planta de personal y tomen posesi¾n del cargo.á áá ArtÝculo 8░. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerßn de conformidad con lo dispuesto en el artÝculo 2░ del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998.á áá ArtÝculo 9░. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos 2504 de 1999, 1715 de 2001, 821 y 1408 de 2002.á áá Afecta la vigencia de: Derogaáá DECRETO 821 de 2002 Derogaáá DECRETO 1408 de 2002 Derogaáá DECRETO 1715 de 2001 Derogaáá DECRETO 2504 de 1999 PublÝquese y c·mplase.á áá Dado en Bogotß, D. C., a 26 de enero de 2004.á áá ┴LVARO URIBE V╔LEZ á áá El Ministro de Hacienda y CrÚdito P·blico,á áá Alberto Carrasquilla Barrera. á áá El Director del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica,á áá Fernando Grillo Rubiano. á áá
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