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DECRETO 87 de 2000

Por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Cultura.

Tipo
DECRETO
Número
87
Año
2000
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Cultura, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal,

DECRETA:

Artículo 1ş. Suprímanse los siguientes empleos de la planta de personal como resultado del estudio técnico realizado por el Ministerio de Cultura, así: DESPACHO DEL VICEMINISTRO N° de cargos Denominación del empleo Código Grado 1 (uno)

Asesor 1020 06 2 (dos)

Profesional Especializado 3010 15 PLANTA GLOBAL 1 (uno)

Director General de Unidad Administrativa Especial 0015 20 1 (uno)

Director Técnico 0100 20 5 (cinco)

Jefe de Oficina Asesora 0125 20 1 (uno)

Jefe de Oficina Asesora 0125 18 4 (cuatro)

Asesor 1020 14 1 (uno)

Asesor 1020 12 2 (dos)

Asesor 1020 10 3 (tres)

Asesor 1020 08 1 (uno)

Asesor 1020 07 2 (dos)

Asesor 1020 06 3 (tres)

Jefe de División 2040 25 5 (cinco)

Investigador Científico 3000 23 2 (dos)

Investigador Científico 3000 20 1 (uno)

Profesional Especializado 3010 25 3 (tres)

Profesional Especializado 3010 24 1 (uno)

Profesional Especializado 3010 20 1 (uno)

Profesional Especializado 3010 19 4 (cuatro)

Profesional Especializado 3010 18 1 (uno)

Profesional Especializado 3010 17 1 (uno)

Profesional Especializado 3010 16 2 (dos)

Profesional Universitario 3020 14 1 (uno)

Profesional Universitario 3020 13 1 (uno)

Técnico Operativo 4080 17 2 (dos)

Técnico Operativo 4080 16 1 (uno)

Técnico Operativo 4080 15 1 (uno)

Técnico Operativo 4080 12 1 (uno)

Asistente Administrativo 4140 12 2 (dos)

Secretario Ejecutivo 5040 22 1 (uno)

Secretario Ejecutivo 5040 18 12 (doce)

Secretario Ejecutivo 5040 16 1 (uno)

Auxiliar Administrativo 5120 18 3 (tres)

Auxiliar Administrativo 5120 17 5 (cinco)

Auxiliar Administrativo 5120 16 1 (uno)

Auxiliar Administrativo 5120 14 1 (uno)

Secretario Bilingüe 5235 25 1 (uno)

Conductor Mecánico 5310 15 Artículo 2ş. Suprímanse cincuenta y tres (53) Trabajadores Oficiales del Ministerio de Cultura. Artículo 3ş. Las funciones propias del Ministerio de Cultura, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, así: DESPACHO DEL MINISTRO N° de cargos Denominación del empleo Código Grado 1 (uno)

Ministro 0005 2 (dos)

Asesor 1020 15 5 (cinco)

Asesor 1020 14 2 (dos)

Asesor 1020 12 2 (dos)

Asesor 1020 10 1 (uno)

Asesor 1020 07 1 (uno)

Asesor 1020 06 1 (uno)

Secretario Ejecutivo 5040 22 1 (uno)

Auxiliar Administrativo 5120 22 1 (uno)

Auxiliar Administrativo 5120 17 1 (uno)

Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro 5230 26 1 (uno)

Conductor Mecánico 5310 19 1 (uno)

Conductor Mecánico 5310 17 DESPACHO DEL VICEMINISTRO 1 (uno)

Viceministro 0020 1 (uno)

Asesor 1020 14 1 (uno)

Asesor 1020 13 1 (uno)

Asesor 1020 12 2 (dos)

Asesor 1020 10 1 (uno)

Asesor 1020 08 2 (dos)

Asesor 1020 07 1 (uno)

Asesor 1020 03 1 (uno)

Asesor 1020 02 1 (uno)

Secretario Ejecutivo 5040 23 2 (dos)

Secretario Ejecutivo 5040 18 1 (uno)

Auxiliar Administrativo 5120 22 1 (uno)

Auxiliar Administrativo 5120 18 1 (uno)

Auxiliar Administrativo 5120 16 1 (uno)

Secretario Ejecutivo del Despacho de Viceministro 5240 25 1 (uno)

Conductor Mecánico 5310 17 PLANTA GLOBAL 1 (uno)

Secretario General de Ministerio 0035 22 2 (dos)

Director General de Unidad Administrativa Especial 0015 20 6 (seis)

Director Técnico 0100 20 1 (uno)

Jefe de Oficina 0137 20 3 (tres)

Asesor 1020 12 2 (dos)

Asesor 1020 11 10 (diez)

Asesor 1020 10 31 (treinta y uno)

Asesor 1020 08 3 (tres)

Asesor 1020 07 19 (diecinueve)

Asesor 1020 06 1 (uno)

Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 15 1 (uno)

Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 15 (uno)

Director de Teatro 2090 25 1 (uno)

Director de Teatro 2090 24 1 (uno)

Director Cultural 2090 24 1 (uno)

Director de Coro 2090 23 2 (dos)

Director Cultural 2090 20 4 (cuatro)

Director de Museo 2090 20 9 (nueve)

Profesional Especializado 3010 21 12 (doce)

Profesional Especializado 3010 20 13 (trece)

Profesional Especializado 3010 19 20 (veinte)

Profesional Especializado 3010 18 7 (siete)

Profesional Especializado 3010 17 7 (siete)

Profesional Especializado 3010 16 7 (siete)

Profesional Especializado 3010 15 1 (uno)

Profesional Universitario 3020 14 27 (veintisiete)

Profesional Universitario 3020 13 4 (cuatro)

Profesional Universitario 3020 10 1 (uno)

Museólogo 3021 18 1 (uno)

Restaurador 3021 13 2 (dos)

Restaurador 3021 10 4 (cuatro)

Formador Artístico 3022 15 3 (tres)

Analista de Sistemas 4005 17 2 (dos)

Técnico Operativo 4080 18 10 (diez)

Técnico Operativo 4080 17 11 (once)

Técnico Operativo 4080 16 11 (once)

Técnico Operativo 4080 14 2 (dos)

Técnico Operativo 4080 13 4 (cuatro)

Técnico Operativo 4080 12 1 (uno)

Técnico Operativo 4080 10 1 (uno)

Técnico Operativo 4080 09 3 (tres)

Asistente Administrativo 4140 17 5 (cinco)

Asistente Administrativo 4140 16 1 (uno)

Asistente Administrativo 4140 15 3 (tres)

Asistente Administrativo 4140 14 2 (dos)

Asistente Administrativo 4140 12 1 (uno)

Auxiliar de Escena 4205 13 9 (nueve)

Auxiliar de Escena 4205 09 1 (uno)

Secretario Ejecutivo 5040 24 1 (uno)

Secretario Ejecutivo 5040 23 7 (siete)

Secretario Ejecutivo 5040 22 11 (once)

Secretario Ejecutivo 5040 18 35 (treinta y cinco)

Secretario Ejecutivo 5040 16 11 (once)

Auxiliar Administrativo 5120 18 2 (dos)

Auxiliar Administrativo 5120 17 19 (diecinueve)

Auxiliar Administrativo 5120 16 7 (siete)

Auxiliar Administrativo 5120 15 7 (siete)

Auxiliar Administrativo 5120 14 1 (uno)

Auxiliar Administrativo 5120 07 1 (uno)

Operario Calificado 5300 13 1 (uno)

Operario Calificado 5300 11 1 (uno)

Operario Calificado 5300 09 1 (uno)

Conductor Mecánico 5310 17 11 (once)

Conductor Mecánico 5310 15 4 (cuatro)

Conductor Mecánico 5310 13 Artículo 4ş. Establécese en ciento cuarenta y dos (142) el número de Trabajadores Oficiales del Ministerio de Cultura.

Artículo 5ş. El Ministro de Cultura, mediante Resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio. Artículo 6ş. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 3ş del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia. Artículo 7ş. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2ş del Decreto 1572 de 1998 modificado por el Decreto 2504 de 1998. Artículo 8ş. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente Decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998, y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto Ley 1568 de 1998. Artículo 9ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 3117 de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 3117 de 1997 Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2000.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.

El Ministro de Cultura, Juan Luis Mejía Arango.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.

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