DECRETO 144 de 2004
por el cual se modifica la planta de personal de la Contaduría General de la Nación.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 144
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confieren el numeral 14 del artÝculo 189 de la Constituci¾n PolÝtica y los literales m) y n) del artÝculo 54 y el artÝculo 115 de la Ley 489 de 1998, yá áá
CONSIDERANDO:
á áá Que la ContadurÝa General de la Naci¾n present¾ al Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica el estudio tÚcnico de que tratan el artÝculo 41 de la Ley 443 de 1998 y los artÝculos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar la planta de personal de la ContadurÝa General de la Naci¾n, encontrßndolo ajustado tÚcnicamente, emitiendo en consecuencia concepto tÚcnico favorable;á áá Que para los fines de este Decreto, la Direcci¾n General de Presupuesto P·blico Nacional del Ministerio de Hacienda y CrÚdito P·blico otorg¾ certificado de viabilidad presupuestal,á áá
DECRETA:
á áá
ArtÝculo 1. SuprÝmense de la planta de personal de la ContadurÝa General de la Naci¾n, los siguientes cargos:á áá N·mero de cargos á Dependencia y denominaci¾n del empleo á C¾digo á Grado á 1 (uno)á Jefe de Oficinaá 2045á 28á 2 (dos)á Asesorá 1020á 10á 1 (uno)á Asesorá 1020á 04á 1 (uno)á Asesorá 1020á 02á 1 (uno)á Profesional Especializadoá 3010á 23á 3 (tres)á Profesional Especializadoá 3010á 21á 1 (uno)á Profesional Especializadoá 3010á 19á 1 (uno)á Profesional Universitarioá 3020á 14á 1 (uno)á Profesional Universitarioá 3020á 13á 2 (dos)á Profesional Universitarioá 3020á 12á 1 (uno)á Profesional Universitarioá 3020á 10á 1 (uno)á Analista de Sistemasá 4005á 16á áá ArtÝculo 2░. Las funciones propias de la ContadurÝa General de la Naci¾n serßn cumplidas por la planta de personal que se establece a continuaci¾n:á áá N·mero de cargos á Dependencia y denominaci¾n del empleo á C¾digo á Grado á Despacho del Contador General de la Naci¾n á 1 (uno)á Contador General de la Naci¾ná 0004á 24á 1 (uno)á Asesorá 1020á 13á 3 (tres)á Asesorá 1020á 12á 1 (uno)á Asesorá 1020á 11á 2 (dos)á Asesorá 1020á 10á 1 (uno)á Asesorá 1020á 05á 1 (uno)á Profesional Especializadoá 3010á 23á 1 (uno)á Secretario Ejecutivoá 5040á 22á 1 (uno)á Secretario Ejecutivoá 5040á 17á 1 (uno)á Conductor Mecßnicoá 5310á 15á Planta Global á 3 (tres)á Subcontador General de la Naci¾ná 0008á 21á 1 (uno)á Secretario General de Unidad Administrativa Especialá 0037á 20á 5 (cinco)á Asesorá 1020á 10á 1 (uno)á Asesorá 1020á 09á 2 (dos)á Asesorá 1020á 08á 3 (tres)á Asesorá 1020á 07á 1 (uno)á Asesorá 1020á 06á 1 (uno)á Asesorá 1020á 05á 1 (uno)á Asesorá 1020á 04á 2 (dos)á Asesorá 1020á 03á 1 (uno)á Asesorá 1020á 02á 1 (uno)á Asesorá 1020á 01á 3 (tres)á Profesional Especializadoá 3010á 24á 2 (dos)á Profesional Especializadoá 3010á 23á 2 (dos)á Profesional Especializadoá 3010á 21á 4 (cuatro)á Profesional Especializadoá 3010á 19á 5 (cinco)á Profesional Especializadoá 3010á 17á 1 (uno)á Profesional Especializadoá 3010á 16á 2 (dos)á Profesional Especializadoá 3010á 15á 3 (tres)á Profesional Universitarioá 3020á 14á 1 (uno)á Profesional Universitarioá 3020á 13á 4 (cuatro)á Profesional Universitarioá 3020á 12á 3 (tres)á Profesional Universitarioá 3020á 11á 2 (dos)á TÚcnico Administrativoá 4065á 16á 1 (uno)á TÚcnico Operativoá 4080á 14á 2 (dos)á TÚcnico Operativoá 4080á 11á 1 (uno)á TÚcnico Operativoá 4080á 10á 1 (uno)á TÚcnico Operativoá 4080á 09á 2 (dos)á Asistente Administrativoá 4140á 14á 1 (uno)á Secretario Ejecutivoá 5040á 22á 2 (dos)á Secretario Ejecutivoá 5040á 18á 1 (uno)á Secretario Ejecutivoá 5040á 17á 2 (dos)á Secretario Ejecutivoá 5040á 16á 1 (uno)á Secretarioá 5140á 13á 3 (tres)á Secretarioá 5140á 11á 1 (uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 22á 1 (uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 18á 2 (dos)á Auxiliar Administrativoá 5120á 17á 1 (uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 16á 1 (uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 14á 1 (uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 13á 1 (uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 12á 1 (uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 11á 1 (uno)á Auxiliar Administrativoá 5120á 10á 1 (uno)á Conductor Mecßnicoá 5310á 15á áá ArtÝculo 3░. El Contador General de la Naci¾n, mediante resoluci¾n, distribuirß los cargos de la planta global a que se refiere el artÝculo 2░ del presente decreto, y ubicarß el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y los programas de la entidad.á áá ArtÝculo 4░. Los empleados p·blicos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artÝculo 1░ del presente decreto tendrßn derecho a optar por la indemnizaci¾n o por la incorporaci¾n a empleos equivalentes, de conformidad con lo consagrado en el artÝculo 39 de la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeci¾n al procedimiento establecido en el Decreto-ley 1568 de 1998.á áá ArtÝculo 5░. Los empleados que gozan de protecci¾n especial, de conformidad con la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003, continuarßn vinculados a la planta de personal aprobada en el artÝculo 2░ del presente decreto, seg·n lo establecido en la ley.á áá ArtÝculo 6░. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerßn de conformidad con lo dispuesto en el artÝculo 2░ del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998.á áá ArtÝculo 7░. La incorporaci¾n de los empleados a la planta de personal establecida en el artÝculo 2░ del presente decreto se efectuarß dentro de los treinta (30) dÝas siguientes a la fecha de su publicaci¾n, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demßs normas sobre la materia.á áá ArtÝculo 8░. Los empleados p·blicos de la ContadurÝa General de la Naci¾n continuarßn percibiendo la remuneraci¾n mensual correspondiente a los empleos que desempe±an actualmente, hasta tanto se produzca la incorporaci¾n a la nueva planta de personal de la entidad y tomen posesi¾n del cargo.á áá ArtÝculo 9░. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n, deroga el Decreto 1915 de 1996 y demßs disposiciones que le sean contrariasá áá Afecta la vigencia de: Derogaáá DECRETO 1915 de 1996 PublÝquese y c·mplase.á áá Dado en Bogotß, D. C., a 21 de enero de 2004.á áá ┴LVARO URIBE V╔LEZ á áá El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y CrÚdito P·blico, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y CrÚdito P·blico,á áá Juan Ricardo Ortega L¾pez. á áá El Director del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica,á áá Fernando Grillo Rubiano. á áá
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