DECRETO 142 de 1998
por el cual se fija el número de Senadores a elegir por Circunscripción Nacional y Circunscripción Nacional Especial.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 142
- Año
- 1998
- Entidad
- MINISTERIO DEL INTERIOR
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y el artículo 211 del Código Electoral (Decreto 2241 de 1986), y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 171 de la Constitución Política, el Senado de la República estará integrado por cien miembros elegidos en Circunscripción Nacional;
Que habrá un número adicional de dos Senadores, elegidos en Circunscripción Nacional Especial por Comunidades Indígenas;
Que la elección de Senadores por las Comunidades Indígenas se regirá por el sistema de cuociente electoral,
DECRETA:
Artículo 1°.
En los comicios que se realicen el próximo 8 de marzo de 1998, se elegirán cien (100) Senadores por Circunscripción Nacional; además se elegirán por Circunscripción Nacional Especial dos (2) Senadores más por las Comunidades Indígenas; en esta elección debe aplicarse el sistema de cuociente electoral.
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de enero de 1998.
CARLOS LEMOS SIMMONDS El Ministro del Interior, Carlos Holmes Trujillo García.
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