DECRETO 24 de 1993
por el cual se dictan normas en matera salarial.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 24
- Año
- 1993
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales seńaladas en la Ley 4a. de 1992,
DECRETA:
Artículo 1o.
Los empleados públicos de la Corporación Regional de Desarrollo de Urabá - CORPOURABA - tendrán derecho a percibir mensualmente como incentivo durante 1993, una suma adicional equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) de su asignación básica mensual.
Artículo 2o.
Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4a. de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
Artículo 3o.
Nadie podrá desempeńar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones que trata el artículo 19 de la Ley 4a. de 1992.
Parágrafo.
No se podrán recibir honorarios que sumados correspondan a más de ocho (8) horas diarias de trabajo en varias entidades.
Artículo 4o.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 886 de 1992 y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1993.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 886 de 1992 PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 7 de enero de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.
El Subdirector del Departamento Nacional de Planeación, Encargado de las Funciones del despacho del Director del Departamento Nacional de Planeación, Hernando José Gómez Restrepo.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Carlos Humberto Isaza Rodríguez.
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