Jurismart

DECRETO 2491 de 2013

por el cual se confiere la condecoración Orden de la Justicia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga.

Tipo
DECRETO
Número
2491
Año
2013
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial aquellas otorgadas por el Decreto número 3970 del 29 de noviembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 3970 de 2004 instituyó la condecoración Orden de la Justicia como el más alto galardón honorífico con el que el Gobierno Nacional exalta las virtudes y servicios de las personas naturales o jurídicas que han mostrado una singular consagración a la causa de la justicia.

Que en sesión realizada el día 13 de noviembre de 2013, el Consejo de la Orden de la Justicia aprobó de manera unánime sugerir al Presidente de la República que se le confiriera al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga la mencionada condecoración, con fundamento en los siguientes antecedentes y razones:

Que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, que fuera creado en el año 1848 como tribunal del Cauca, cumplió 165 años de existencia y ejerce una encomiable labor en la recta y pronta administración de justicia, lo cual le hace merecedor al reconocimiento de su noble y abnegada labor.

Que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga se ha caracterizado por sus buenas prácticas en materia de justicia en Colombia, lo que le permitió su certificación por el Icontec con la norma ISO 9001:2008, por su implementación del sistema de gestión de calidad, lo cual enaltece la gestión de la justicia y dignifica a la judicatura.

Que la comunidad y el Gobierno Nacional reconocen al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga su labor permanente en procura de la recta administración de Justicia.

Que, en virtud de lo anterior, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga reúne con suficiencia los requerimientos necesarios para hacerse acreedor a la Orden de la Justicia por haber honrado con sus aportes la judicatura y la magistratura, que son reflejo de su destacada labor y abnegados servicios de sus miembros a la causa de la justicia en Colombia.

DECRETA:

Artículo 1°.

Condecoración. Confiérese la condecoración Orden de la Justicia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga.

Artículo 2°.

Imposición. La condecoración otorgada mediante el presente decreto será impuesta en representación del Presidente de la República por el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Alfonso Gómez Méndez, al Presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga, doctor Marceliano Chávez Ávila, en ceremonia solemne a la que serán invitados de honor los magistrados de las Salas del Tribunal.

Artículo 3°.

Certificación. Certifíquese la adjudicación de la condecoración otorgada por el presente decreto mediante diploma y hágase entrega del mismo al Presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga en la ceremonia de imposición.

Artículo 4°.

Transcripción en nota de estilo. Transcríbase este decreto en nota de estilo y hágase entrega de la misma al Presidente del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga en la ceremonia de imposición.

Artículo 5°.

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de novi0embre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Justicia y del Derecho, Alfonso Gómez Méndez.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar