DECRETO 2538 de 2009
por el cual se designa un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Misión Especial.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2538
- Año
- 2009
- Entidad
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el Decreto-ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que con el propósito de promover los fundamentos de la política exterior de Colombia hacia el Caribe, y de efectuar un análisis sobre la percepción política que los países del Caribe tienen frente a la Asociación de Estados del Caribe y frente a Colombia, en nuestra calidad de Presidente del Consejo de Ministros de la Asociación de Estados del Caribe y con miras a la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Gran Caribe, prevista para el próximo 11 y 12 de septiembre de 2009, es necesario contar con un experto en temas del Caribe.
Que con la Presidencia en la AEC, Colombia tiene la oportunidad de presentar sus consideraciones estratégicas, resaltando la importancia que tiene en la región el turismo y los flujos de comercio y transporte que esta desarrolla.
Que a través de la presidencia en la AEC y la Misión Especial al Caribe, el Gobierno Nacional quiere reforzar, reafirmar y recordar el interés de Colombia por el desarrollo regional del Caribe.
Que por tales motivos, el Gobierno Nacional ha escogido al doctor Alfonso Múnera Cavadia, experto en temas del Caribe, para que adelante una Misión Especial en el Caribe, con los propósitos antedichos,
DECRETA:
Artículo 1°.
Desígnase al doctor Alfonso Múnera Cavadia como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Misión Especial, ad honórem, con el propósito de promover los fundamentos de la política exterior de Colombia hacia el Caribe, y de efectuar un análisis sobre la percepción política que los países del Caribe tienen frente a la Asociación de Estados del Caribe y frente a Colombia.
Artículo 2°.
Los viáticos y pasajes que ocasione el cumplimiento de las funciones del doctor Alfonso Múnera Cavadia, se pagarán con cargo al presupuesto del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Artículo 3°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de julio de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Relaciones Exteriores, Jaime Bermúdez Merizalde.
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