DECRETO 1719 de 2008
por el cual se honra la memoria del doctor Rafael Gamma Quijano.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1719
- Año
- 2008
- Entidad
- PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1913,
CONSIDERANDO:
Que ha fallecido en la ciudad de Bogotá, el eminente hombre público, doctor Rafael Gamma Quijano;
Que el doctor Rafael Gamma Quijano, personificó el ideal de dedicación, disciplina y consagración a su profesión. Se entregó largas horas al trabajo y beneficio público, a través de su fecunda actividad en el Banco de la República;
Que en el Banco, el doctor Rafael Gamma Quijano hizo su carrera profesional, con reconocido desempeño, ocupando desde 1978 hasta 1982, la gerencia. Desde allí se destacó como promotor de los centros de convenciones de Bogotá y Cartagena;
Que Colombia, y en particular el Banco de la República, recordarán siempre que la vida y obra del doctor Rafael Gamma Quijano, fueron expresión de una erguida personalidad esculpida en la dignidad, el decoro, la firmeza de carácter y la universalidad del pensamiento;
Que es deber del Gobierno exaltar la memoria de los grandes de Colombia, a fin de que sean imitados y se conviertan en Norte y guía para la juventud de la Nación;
Que el Gobierno Nacional lamenta la desaparición del doctor Rafael Gamma Quijano, y la pérdida de su presencia bienhechora,
DECRETA:
Artículo 1º.
El Gobierno Nacional manifiesta su profundo dolor por el fallecimiento del doctor Rafael Gamma Quijano y expresa sus condolencias y sentimientos de solidaridad a sus familiares y allegados.
Artículo 2º.
El Gobierno Nacional expresa su más profundo dolor y se solidariza con el luto de los familiares del doctor Rafael Gamma Quijano.
Artículo 3º.
Copia del presente decreto se hará llegar en nota de estilo a sus familiares.
Artículo 4º.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de mayo de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi.
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