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DECRETO 135 de 2007

por medio del cual se modifica el artículo 8° del Decreto 2877 del 24 de diciembre de 2001.

Tipo
DECRETO
Número
135
Año
2007
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 189, numeral 2 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modifícase el artículo 8° del Decreto 2877 del 24 de diciembre de 2001, el cual quedará así:

“Artículo 8°. Tendrán derecho a la expedición de pasaporte oficial, los colombianos que tengan las siguientes calidades:

Ex Ministros de Estado titulares.

Ex Directores de Departamento Administrativo titulares.

Ex Generales de la República.

Ex Presidentes del Congreso de la República titulares Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 8 DECRETO 2877 de 2001

Artículo 2°.

Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de enero de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ La Ministra de Relaciones Exteriores, María Consuelo Araújo Castro.

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