DECRETO 2666 de 1999
por el cual se establece la planta de personal del Sanatorio de Agua de Dios, Empresa Social del Estado, y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2666
- Año
- 1999
- Entidad
- MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1ş. Las funciones propias del Sanatorio de Agua de Dios E.S.E., serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, así: Nş de cargos Denominación del cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (uno)
Gerente de Entidad Descentralizada 0015 19 1 (uno)
Profesional Especializado 3010 19 3 (tres)
Profesional Especializado 3010 18 4 (cuatro)
Profesional Universitario 3020 14 2 (dos)
Profesional Universitario 3020 13 1 (uno)
Médico 3085 18 2 (dos)
Odontólogo 3087 16 2(dos)
Técnico Administrativo 4065 17 1 (uno)
Técnico Administrativo 4065 15 1 (uno)
Auxiliar de Técnico 4110 09 3 (tres)
Técnico Operativo 4080 11 1 (uno)
Auxiliar Administrativo 5120 20 1 (uno)
Auxiliar Administrativo 5120 18 17 (diecisiete)
Auxiliar Administrativo 5120 15 1 (uno)
Auxiliar Administrativo 5120 13 10 (diez)
Auxiliar Administrativo 5120 12 9 (nueve)
Celador 5320 11 1 (uno)
Conductor Mecánico 5310 15 6 (seis)
Conductor Mecánico 5310 13 6 (seis)
Ecónomo 5150 11 60 (sesenta)
Enfermero Auxiliar 5345 19 1 (uno)
Operario Calificado 5300 15 6 (seis)
Operario Calificado 5300 13 12 (doce)
Secretario 5140 14 2 (dos)
Secretario 5140 13 2 (dos)
Supervisor 5105 23 1 (uno)
Pagador 5045 23 Artículo 2ş. Fíjase en doscientos cincuenta (250) el número de trabajadores oficiales al servicio del Sanatorio de Agua de Dios, E.S.E.
Artículo 3ş. El Gerente del Sanatorio de Agua de Dios, E.S.E., mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 4ş. La incorporación de los empleados a la planta de personal que se establece en el presente decreto se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación.
Artículo 5ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto número 2722 de noviembre 10 de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 2722 de 1997 Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Salud, Virgilio Galvis Ramírez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.
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