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DECRETO 1291 de 1996

por el cual se conforma el Comité de Seguimiento para el Plan de Acción del Departamento del Meta.

Tipo
DECRETO
Número
1291
Año
1996
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto-ley 1050 de 1968 y en desarrollo del Decreto 2557 de 1994,

DECRETA:

Artículo 1ş. El Comité de Seguimiento para el Plan de Acción para el Departamento del Meta estará conformado así: a) El Gobernador del Meta, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación; b) El Alcalde de Villavicencio, o su delegado, el Director de la Oficina de Planeación; c) El Director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Villavicencio, en representación del sector privado del departamento; d) El Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, o su delegado Personal; e) El Jefe de la Unidad de Planeación Regional y Urbana del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado; f) El Director del Consejo Regional de Planificación Económica y Social -Corpes de la Orinoquia-.

Artículo 2.

ş. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de julio de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe.

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