DECRETO 2850 de 1994
por el cual se reconoce oficialmente un establecimiento educativo.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2850
- Año
- 1994
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 138 de la Ley 115 de 1994 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto-ley 108 de 1950 se creó el Instituto Técnico Superior "Pascual Bravo" de Medellín;
Que por medio de la Ley 52 de 1982, el Instituto Superior "Pascual Bravo" de la ciudad de Medellín, fue elevado a la categoría de Institución Tecnológica con el nombre de Instituto Tecnológico "Pascual Bravo", establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Educación;
Que de conformidad con la Ley 52 de 1982, se mantienen los programas de Básica Secundaria y Media Vocacional, los cuales siguen dependiendo del Ministerio de Educación Nacional, pues el objeto del Instituto Tecnológico es la educación superior;
Que con fundamento en la citada Ley 52 de 1982, el Ministerio de Educación Nacional celebró con el Instituto Tecnológico "Pascual Bravo" de la ciudad de Medellín un convenio cuyo objeto es la administración de los programas de Básica Secundaria y Media Vocacional, puesto que estos siguieron dependiendo del Ministerio de Educación;
Que es necesario darle reconocimiento oficial al Instituto Técnico "Pascual Bravo" de la ciudad de Medellín como establecimiento educativo estatal, para que recobre su autonomía y pueda ejercer las funciones que la ley le seńala a esta clase de establecimientos;
Que el reconocimiento oficial, que mediante el presente Decreto se otorga al Instituto Técnico "Pascual Bravo" de la ciudad de Medellín, no causa erogación adicional al Tesoro Nacional,
DECRETA:
Artículo 1ş Reconózcase oficialmente al Instituto Técnico Industrial "Pascual Bravo" de Medellín, como establecimiento educativo dependiente del Ministerio de Educación Nacional en los niveles de Educación Básica Secundaria y Media Vocacional.
Artículo 2ş Autorízase al Ministerio de Educación para efectuar las gestiones y dictar los actos administrativos necesarios para que el Instituto Técnico "Pascual Bravo" de la ciudad de Medellín ejerza con la autonomía que le seńala la ley, las funciones propias de los establecimientos educativos estatales y así mismo para gestionar lo pertinente ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que en la asignación de los recursos que actualmente se apropian en el presupuesto del Instituto Tecnológico "Pascual Bravo" de la ciudad de Medellín, a partir de la vigencia de 1995 se apropien en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional con destino al Instituto Técnico "Pascual Bravo" de la ciudad de Medellín, para el pago de personal docente y administrativo y demás gastos que el funcionamiento de este instituto requiera.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 26 de diciembre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Educación Nacional, Arturo Sarabia Better.
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