DECRETO 2057 de 1994
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2057
- Año
- 1994
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República tiene previsto viajar a la República de Panamá los días 31 de agosto y el 1ş de septiembre de 1994 para asistir a la posesión del Presidente de Panamá, seńor Ernesto Pérez Balladares;
Que por tal razón, el Presidente de la República se trasladará a territorio extranjero los días 31 de agosto y 1ş de septiembre de 1994 inclusive;
Que en razón de las disposiciones constitucionales y de conformidad con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Gobierno, doctor Horacio Serpa Uribe, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
1. Artículos 129, 189 con excepción de lo previsto en los numerales 1ş y 2ş; 304 y 314.
2. Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 200 y 201.
4. Artículos 212, 213, 214 y 215.
Artículo 2.
ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 30 de agosto de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Manuel Turbay Marulanda.
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