DECRETO 1863 de 1992
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1863
- Año
- 1992
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República tiene previsto viajar a Maracaibo, República de Venezuela, el día viernes 20 de noviembre de 1992 en visita oficial de Estado;
Que por tal razón, el Presidente de la República se trasladará a territorio extranjero el viernes 20 de noviembre del ańo en curso;
Que en razón de las disposiciones constitucionales y de conformidad con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1ş Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Gobierno, doctor Humberto de La Calle Lombana, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
1. Artículo 189, con excepción de lo previsto en el numeral 2ş
2. Artículo 201.
3. Artículos 212, 213, 214 y 215.
Artículo 2ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Fabio Villegas Ramírez.
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