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DECRETO 1727 de 1992

por el cual se delegan unas funciones constitucionales.

Tipo
DECRETO
Número
1727
Año
1992
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República tiene previsto viajar a Espańa, entre el 27 y el 30 de octubre del ańo en curso, inclusive, en visita oficial de Estado;

Que por tal razón, el Presidente de la República se trasladará a territorio extranjero entre el 27 y el 30 de octubre del ańo en curso;

Que en razón de las disposiciones constitucionales y de conformidad con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1ş Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refiere los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Gobierno, doctor Humberto de la Calle Lombana, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:

1. Artículo 189, con excepción de lo previsto en el numeral 2°

2. Artículo 201.

3. Artículos 212, 213, 214 y 215.

Artículo 2ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 26 de octubre de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Fabio Villegas Ramírez.

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