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DECRETO 944 de 1991

por el cual se delegan algunas funciones constitucionales.

Tipo
DECRETO
Número
944
Año
1991
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Jefe del Estado viajará a la ciudad de Miami, Estados Unidos, para clausurar las sesiones anuales de la Sociedad Interamericana de Prensa, a partir del día lunes 15 de abril de 1991;

Que en razón de la precedencia establecida en las leyes vigentes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1.

ş Deléganse en el Ministro de Gobierno, Humberto de la Calle Lombana, por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, las siguientes funciones constitucionales:

a) Artículo 118, numerales 7ş y 8ş b) Artículo 119, numerales 2ş y 4ş c) Artículo 120, con excepción de los asuntos indicados en el numeral 20.

Artículo 2.

ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de abril de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Fabio Villegas Ramirez.

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