DECRETO 522 de 1991
por el cual se delegan algunas funciones constitucionales.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 522
- Año
- 1991
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Jefe del Estado viajará a los Estados Unidos de América, para entrevistarse con el Presidente George Bush, con el Vicepresidente Dan Quayle, con los Secretarios de los Departamentos de Estado y de Justicia, con el Procurador General y otras autoridades, a partir del 23 de febrero de 1991.
Que en razón de la precedencia establecida en las leyes vigentes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1.
ş Deléganse en el Ministro de Gobierno, Humberto de la Calle Lombana, por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, las siguientes funciones constitucionales:
a) Artículo 118, numerales 7. y 8. b) Artículo 119, numerales 2. y 4. c) Artículo 120, con excepción de los asuntos indicados en el numeral 20.
Artículo 2.
ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de febrero de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Fabio Villegas Ramirez.
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