DECRETO 346 de 1991
por el cual se fijan los honorarios y viáticos a los magistrados del Consejo Nacional Electoral y se deroga el Decreto 716 del 30 de marzo de 1990.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 346
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE GOBIERNO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 25 del Código Electoral (Decreto-ley 2241 de 1986),
DECRETA:
Artículo 1ş Con vigencia a partir del 1ş de enero de 1991, cada uno de los Magistrados del Consejo Nacional Electoral, devengarán el setenta y cinco por ciento (75%) de la remuneración total asignada a los Consejeros de Estado, mensualmente.
La Cuantía de sus viáticos, cuando cumplan comisiones de servicios será igual a la seńalada para el Registrador Nacional del Estado Civil.
Artículo 2ş Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 716 de marzo 30 de 1990.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 716 de 1990 Publíquesey cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de febrero de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Gobierno, Humberto De La Calle Lombana.
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