Jurismart

DECRETO 309 de 1991

por el cual se autoriza la práctica de unos exámenes de estado para el otorgamiento de títulos de Educación Superior.

Tipo
DECRETO
Número
309
Año
1991
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el literal e) del artículo 18 del Decreto-ley 81 de 1980, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Formación Profesional INFORPRO, con domicilio en Santa Marta, con fundamento en el artículo 173 del Decreto-ley 80 de 1980, ofreció programas de Educación Superior, sin la previa licencia de funcionamiento del ICFES que exige el artículo 41 del mismo Decreto;

Que de INFORPRO egresaron estudiantes de los programas de formación técnica profesional en Mercadotecnia (19), Contabilidad y Finanzas (41), Secretariado bilingüe (10) y Administración Comercial y Financiera (33);

Que para el otorgamiento de títulos de los egresados del Instituto de Formación Profesional INFORPRO, es necesario autorizar la práctica de exámenes de Estado, con fundamento en la función atribuida al Gobierno Nacional por el literal e) del artículo 18 del Decreto-ley 81 de 1980,

DECRETA:

Artículo 1.

ş Conceder autorización al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, para practicar exámenes de Estado a ciento tres (103) egresados de programas de formación técnica profesional del Instituto de Formación Profesional INFORPRO, con domicilio en Santa Marta, según el siguiente detalle:

Mercadotecnia: 19 estudiantes egresados. Contabilidad y Finanzas: 41 estudiantes egresados.

Secretario Bilingüe: 10 estudiantes egresados. Administración Comercial y Financiera: 33 estudiantes egresados.

Parágrafo 1. ş
Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, podrá por intermedio de una o varias instituciones de Educación Superior, que con su autorización ofrezcan programas en la modalidad educativa de formación técnica profesional en Mercadotecnia, en Contabilidad y Finanzas, en Secretariado Bilingüe y en Administración Comercial y Financiera, practicar los mencionados exámenes de Estado que conduzcan a la verificación de conocimiento y destreza para la expedición de títulos a los egresados que los aprueben.

Parágrafo 2. ş
El Director del ICFES, podrá convenir con las entidades de Educación Superior seleccionadas, los procedimientos y fechas para la práctica de los exámenes de Estado.

Parágrafo 3. ş
La autorización que se da por este Decreto tiene vigencia de un (1) ańo, a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 2.

ş Los costos que se originen por la práctica de los exámenes de Estado serán asumidos directamente por los egresados interesados en realizarlos.

Artículo 3.

ş Autorizar a las instituciones de Educación Superior que practiquen los exámenes de Estado a que se refiere este Decreto, para expedir el título que corresponde a cada egresado.

Artículo 4.

ş Este Decreto rige desde su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de enero de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Educación Nacional.

Alfonso Valdivieso Sarmiento.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar