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DECRETO 622 de 1990

por el cual se cancela el saldo sin utilizar del Decreto número 1918 del 28 de agosto de 1989 y su modificatorio número 2120 del 14 de septiembre de 1989, por US$ 12.842.286.

Tipo
DECRETO
Número
622
Año
1990
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artĒculo 225 del Decreto n·mero 222 de 1983, yĀ ĀĀ

CONSIDERANDO:

Ā ĀĀ Que mediante Decreto n·mero 1918 del 28 de agosto de 1989 y su modificatorio n·mero 2120 del 14 de septiembre de 1989 se autoriz¾ el gestionamiento para la contrataci¾n por parte del Gobierno Nacional de emprķstitos externos hasta por la suma de ochenta y cinco millones novecientos setenta mil d¾lares (US$ 85.970.000) de los Estados Unidos de Amķrica, destinados a financiar un Programa de Compras de Helic¾pteros dentro del Plan de Desarrollo y Modernizaci¾n de las Fuerzas Militares;Ā ĀĀ Que con cargo al mencionado Decreto y su modificatorio, el Gobierno Nacional contrat¾ un emprķstito externo con Private Export Funding Corporation, PEFCO, por US$ 73.127.714, con garantĒa del Export Import Bank de los Estados Unidos de Amķrica, destinado a financiar el ochenta y cinco por ciento (85%) del valor de los bienes y servicios de origen estadounidense requeridos para el mencionado Programa, quedando un saldo por utilizar de US$ 12.842.286 correspondiente al quince por ciento (15%) restante del valor de los mencionados bienes y servicios para el cual no fue posible obtener financiaci¾n en los tķrminos autorizados;Ā ĀĀ Que el Ministerio de Defensa Nacional mediante oficio n·mero 12495 del 26 de diciembre de 1989 solicit¾ declarar sin efecto el valor de dicho saldo;Ā ĀĀ Que por Decreto n·mero 3141 de 1982 se design¾ Ministro ad hoc de Hacienda y Crķdito P·blico al Viceministro de Hacienda y Crķdito P·blico, para los casos en que las normas legales hacen incompatible la actuaci¾n del Ministro Titular,Ā ĀĀ

DECRETA:

Ā ĀĀ

ArtĒculo 1░ Cancķlese el saldo sin utilizar del Decreto n·mero 1918 del 28 de agosto de 1989 y su modificatorio n·mero 2120 del 14 de septiembre de 1989 por la suma de doce millones ochocientos cuarenta y dos mil doscientos ochenta y seis d¾lares (US$ 12.842.286) de los Estados Unidos de Amķrica.Ā ĀĀ ArtĒculo 2░ El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crķdito P·blico del Ministerio de Hacienda y Crķdito P·blico, seg·n Ley 78 de 1989.Ā ĀĀ PublĒquese, comunĒquese y c·mplase.Ā ĀĀ Dado en Bogotß, D. E., a 22 de marzo de 1990.Ā ĀĀ VIRGILIO BARCO Ā ĀĀ El Ministro de Hacienda y Crķdito P·blico, ad hoc,Ā ĀĀ Luis Fernando RamĒrez Acu±a. Ā

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