DECRETO 4124 de 2011
por el cual se establece la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 4124
- Año
- 2011
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, con el fin de establecer la planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal;
DECRETA:
Artículo 1°.
Las funciones propias de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: N° de Cargos
Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR 1 (Uno) Director Nacional de Unidad Administrativa Especial 0015 2 (Dos) Asesor 1020 08 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 09 DESPACHO DEL SUBDIRECTOR 1 (Uno) Subdirector Nacional de Unidad Administrativa Especial 0040 23 1 (Uno) Secretario 4178 08 PLANTA GLOBAL 2 (Dos) Director Técnico 0100 18 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora Jurídica 1045 10 1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 17 6 (Seis) Profesional Especializado 2028 17 13 (Trece) Profesional Especializado 2028 15 12 (Doce) Profesional Especializado 2028 13 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 11 6 (Seis) Profesional Universitario 2044 07 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 01 3 (Tres) Técnico Administrativo 3124 07 3 (Tres) Secretario 4178 08 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 14 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 09
Artículo 2°.
El Director Nacional de Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, mediante resolución, incorporará los empleados públicos que se encuentran actualmente prestando sus servicios en el Departamento Administrativo Nacional de Economía Solidaria DANSOCIAL en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias de que trata el presente decreto y distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la institución.
Artículo 3°.
La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación.
Artículo 4°.
La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 5°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C, a, 2 de noviembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Ministro de Salud y la Protección Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro del Trabajo, Mauricio Santa María Salamanca.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.
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