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DECRETO 3685 de 2006

por el cual se modifican los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto 2011 de 2006.

Tipo
DECRETO
Número
3685
Año
2006
Entidad
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 99 de 1993,

DECRETA:

ArtÃculo 1º. Adiciónense los siguientes parágrafos al artÃculo 2º del Decreto 2011 de 2006:

Parágrafo 1º. Serán admitidos al proceso los aspirantes que reúnan la totalidad de los requisitos establecidos en el artÃculo 21 del Decreto 1768 de 1994.

Parágrafo 2º. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, emitirá concepto sobre el alcance del requisito de que trata el literal c) del artÃculo 21 del Decreto 1768 de 1994, relativo a "actividades relacionadas con el medio ambiente y los recursos naturales renovables".

Afecta la vigencia de: Adiciona (parágrafo 1 ) Artículo 2 DECRETO 2011 de 2006 Adiciona (parágrafo 2 ) Artículo 2 DECRETO 2011 de 2006 ArtÃculo 2º. El artÃculo 3º del Decreto 2011 de 2006, quedará asÃ:

" ArtÃculo 3º. Efectuada la recepción y estudio de los documentos de los candidatos y realizadas las respectivas pruebas, la entidad responsable de la evaluación pondrá a disposición del Consejo Directivo el listado de los candidatos que hayan superado el proceso con el puntaje mÃnimo requerido".

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 3 DECRETO 2011 de 2006

Artículo 3º.

El artículo 4º del Decreto 2011 de 2006, quedará así:

"

Artículo 4º.

El Consejo Directivo designará el Director General de la Corporación de la lista de candidatos de que trata el artículo anterior. Dicha designación se efectuará en sesión ordinaria o extraordinaria del consejo directivo, que se celebrará en el mes de diciembre anterior a la iniciación del período institucional consagrado en la Ley 99 de 1993; la sesión del Consejo Directivo para la designación del Director General será en audiencia pública".

TEXTO CORRESPONDIENTE A Adicionado Artículo 1 DECRETO 4523 de 2006 Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 4 DECRETO 2011 de 2006

Artículo 4º.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PublÃquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2006.

ÃLVARO URIBE VÃ LEZ El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Juan Lozano RamÃrez.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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