DECRETO 3641 de 2009
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3600 de 2007, modificado por el Decreto 4066 de 2008.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 3641
- Año
- 2009
- Entidad
- MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales conforme al Decreto número 3542 del 16 de septiembre de 2009, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de las Leyes 99 de 1993, 142 de 1994 y 388 de 1997,
DECRETA:
Artículo 1°.
Subróguese el parágrafo transitorio del artículo 14 del Decreto 3600 de 2007 modificado por el artículo 5° del Decreto 4066 de 2008, el cual quedará de la siguiente manera:
“
Parágrafo. transitorio.
En los planes de ordenamiento territorial se deberá definir la clasificación de los usos industriales, teniendo en cuenta el impacto ambiental y urbanístico que producen y estableciendo su compatibilidad respecto de los demás usos permitidos. Mientras se adopta dicha clasificación, la solicitud de licencias deberá acompañarse del concepto favorable de la autoridad municipal o distrital competente, sobre la compatibilidad del uso propuesto frente a los usos permitidos en este tipo de áreas.
“Si al 10 de diciembre de 2010 el concejo municipal o distrital, o el alcalde, según sea el caso, no ha adoptado en el plan de ordenamiento territorial la clasificación de usos industriales de que trata este parágrafo, no se podrán expedir licencias urbanísticas para usos industriales”.
Afecta la vigencia de: Subroga (parágrafo transitorio ) Artículo 14 DECRETO 3600 de 2007
Artículo 2°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y subroga el parágrafo transitorio del artículo 14 del Decreto 3600 de 2007, modificado por el artículo 5° del Decreto 4066 de 2008.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de septiembre de 2009.
FABIO VALENCIA COSSIO El Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Luis Felipe Henao Cardona.
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