Jurismart

DECRETO 111 de 2001

por el cual se deroga el artículo 2º del Decreto 11 de 2001.

Tipo
DECRETO
Número
111
Año
2001
Entidad
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 01 del 3 de enero de 2001, se dispuso la supresión y liquidación de la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, Prosocial;

Que en virtud del Decreto 11 del 9 de enero de 2001, se designó como Liquidador de Prosocial al doctor Ricardo Agudelo Sedano, actualmente Asesor Código 1020, Grado 18 de la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quien desempeńaría las funciones del citado cargo en comisión de servicios;

Que en razón a lo anterior, procede la derogatoria del artículo 2ş del Decreto 11 de 2001;

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Derógase el artículo 2ş del Decreto 11 del 9 de enero de 2001.

Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 2 DECRETO 11 de 2001 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.C., a 18 de enero de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Angelino Garzón.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar