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DECRETO 2865 de 2013

por el cual se declara el Día del Servidor Público.

Tipo
DECRETO
Número
2865
Año
2013
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 909 de 2004.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 909 de 2004, establece que los programas de capacitación deben orientarse al desarrollo de las capacidades y competencias de los servidores públicos y a la identificación e interiorización de los valores y de la vocación de servicio.

Que con el fin de adelantar programas, proyectos y actividades dirigidos a esta finalidad se declarará el día 27 de junio de cada año como el día del servidor público,

DECRETA:

Artículo 1°.

Día Nacional del Servidor Público. Declárase el 27 de junio de cada año, como día nacional del servidor público. En este día las entidades deberán programar actividades de capacitación y jornadas de reflexión institucional dirigidas a fortalecer su sentido de pertenencia, la eficiencia, la adecuada prestación del servicio, los valores y la ética del servicio en lo público y el buen gobierno. Así mismo, las entidades deberán adelantar actividades que exalten la labor del servidor público.

El día 27 de junio de cada año no se constituirá como de vacancia.

Artículo 2°.

Vigencia El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de diciembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

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