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DECRETO 2392 de 2003

por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación.

Tipo
DECRETO
Número
2392
Año
2003
Entidad
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 554 del 10 de marzo de 2003, "por el cual se suprime el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, y se ordena su liquidación";

Que el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, obteniendo el concepto técnico favorable de ese departamento;

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el respectivo certificado de viabilidad presupuestal;

Que la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos de la Planta de Personal de acuerdo con el Acta número 2 del 15 de julio de 2003,

DECRETA:

Artículo 1ş. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación:

N° de cargo Dependencia y denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 2 Dos Asesor 1020 13 PLANTA GLOBAL 1 Uno Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 20 1 Uno Subgerente General de Entidad Descentralizada 0040 20 4 Cuatro Jefe de División 2040 23 22 Veintidós Jefe de División 2040 18 20 Veinte Director Regional 2035 23 17 Diecisiete Profesional Especializado 3010 18 35 Treinta y cinco Profesional Especializado 3010 16 4 Cuatro Profesional Universitario 3020 12 33 Treinta y tres Profesional Universitario 3020 08 18 Dieciocho Técnico Administrativo 4065 11 9 Nueve Secretario Ejecutivo 5040 16 2 Dos Secretario 5140 13 8 Ocho Auxiliar Administrativo 5120 11 21 Veintiuno Conductor Mecánico 5310 11

Artículo 2.

ş. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1ş del presente decreto tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a un empleo equivalente, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 de 1998 y demás normas sobre la materia.

Artículo 3.

ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1832 de 1997. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 1832 de 1997

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de agosto de 2003.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Cecilia Rodríguez González-Rubio.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

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