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DECRETO 2079 de 2003

por el cual se reglamenta el artículo 12 de la Ley 810 de 2003.

Tipo
DECRETO
Número
2079
Año
2003
Entidad
MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1ş. Procedimiento para aprobar las revisiones. Las revisiones y ajustes a los Planes de Ordenamiento Territorial a que hace referencia el artículo 12 de la Ley 810 de 2003, se someterán a los mismos trámites de concertación, consulta y aprobación previstos en los artículos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997.

Parágrafo.
En todo caso, la revisión y ajuste de los Planes de Ordenamiento o de alguno de sus contenidos procederá cuando se cumplan las condiciones y requisitos que para tal efecto se determinan en la Ley 388 de 1997y en sus decretos reglamentarios.

Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2003.

ALVARO URIBE VELEZ La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Cecilia Rodríguez González-Rubio.

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