DECRETO 1809 de 1999
por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1809
- Año
- 1999
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1ş. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil:
PLANTA GLOBAL Nş de cargos Denominación del empleo Código Grado (3) Tres Especialista Aeronáutico III 42 39 (5) Cinco Especialista Aeronáutico II 41 36 (3) Tres Especialista Aeronáutico II 41 35 (2) Dos Especialista Aeronáutico II 41 34 (3) Tres Especialista Aeronáutico I 40 33 (3) Tres Especialista Aeronáutico I 40 32 (3) Tres Profesional Aeronáutico V 34 32 (1) Uno Profesional Aeronáutico V 34 31 (4) Cuatro Profesional Aeronáutico IV 33 30 (1) Uno Profesional Aeronáutico IV 33 29 (1) Uno Profesional Aeronáutico III 32 28 (20) Veinte Profesional Aeronáutico III 32 27 (2) Dos profesional Aeronáutico II 31 26 (1) Uno Controlador Tránsito Aéreo Experto 26 31 (5) Cinco Controlador Tránsito Aéreo Experto 26 30 (1) Uno Controlador Tránsito Aéreo Supervisor 26 29 (3) Tres Controlador Tránsito Aéreo Supervisor 26 28 (2) Dos Controlador Tránsito Aéreo Superficie 26 17 (1) Uno Controlador Tránsito Aéreo Superficie 26 16 (6) Seis Controlador Tránsito Aéreo Radar 26 27 (1) Uno Controlador Tránsito Aéreo Radar 26 26 (1) Uno Controlador Tránsito Aéreo Radar 26 25 (1) Uno Controlador Tránsito Aéreo Instrumentos 26 24 (1) Uno Controlador Tránsito Aéreo Instrumentos 26 23 (2) Dos Controlador Tránsito Aéreo Instrumentos 26 22 (1) Uno Controlador Tránsito Aéreo Aeródromo 26 20 (6) Seis Controlador Tránsito Aéreo Aeródromo 26 19 (4) Cuatro Controlador Tránsito Aéreo Auxiliar 26 13 (8) Ocho Técnico Aeronáutico VI 25 27 (11) Once Técnico Aeronáutico VI 25 25 (4) Cuatro Técnico Aeronáutico V 24 24 (27) Veintisiete Técnico Aeronáutico V 24 23 (3) Tres Técnico Aeronáutico V 24 22 (14) Catorce Técnico Aeronáutico IV 23 21 (1) Uno Técnico Aeronáutico IV 23 20 (6) Seis Técnico Aeronáutico IV 23 19 (4) Cuatro Técnico Aeronáutico III 22 18 (1) Uno Técnico Aeronáutico III 22 17 (1) Uno Técnico Aeronáutico II 21 14 (6) Seis Bombero Aeronáutico I 20 13 (7) Siete Bombero Aeronáutico I 20 12 (9) Nueve Bombero Aeronáutico I 20 11 (6) Seis Bombero Aeronáutico II 21 15 (3) Tres Auxiliar V 14 15 (3) Tres Auxiliar V 14 14 (3) Tres Auxiliar V 14 13 (44) Cuarenta y Cuatro Auxiliar IV 13 11 (6) Seis Auxiliar IV 13 12 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 2063 de 1997 y 601 de 1998. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 601 de 1998 Modifica en lo pertinente DECRETO 2063 de 1997 Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 14 de septiembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Transporte, Gustavo Adolfo Canal Mora.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.
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