DECRETO 1730 de 2006
por el cual se modifica el Sistema de Nomenclatura, Clasificación y Remuneración de Empleos Públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1730
- Año
- 2006
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º.
Suprímense los literales c), g) y h) del artículo 2º del Decreto 1426 de 1998.
Afecta la vigencia de: Suprime parcialmente (Literales c, g y h. ) Artículo 2 DECRETO 1426 de 1998
Artículo 2º.
Adiciónase al artículo 2º del Decreto 1426 de 1998 el literal i), con el siguiente texto: i) Asistencial Comprende los empleos cuyas funciones implican el ejercicio de actividades de apoyo y complementarias de las tareas propias de los niveles superiores, o de labores que se caracterizan por el predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución.
Afecta la vigencia de: Adiciona (el literal i) ) Artículo 2 DECRETO 1426 de 1998
Artículo 3°.
Suprímense de la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 3° del Decreto 1426 de 1998, modificado por el artículo 1° del Decreto 248 de 2004, las siguientes denominaciones de empleo:
Denominación del empleo Grado Nivel Ejecutivo Jefe de Oficina 05 04 03 02 01 Nivel Administrativo Oficinista 10 09 08 07 06 05 04 03 02 01 Secretaria 10 09 08 07 06 05 04 03 02 01 Nivel Operativo Auxiliar 10 09 08 07 06 05 04 03 02 01
Artículo 4°.
Adiciónase a la nomenclatura de empleos establecida por el artículo 3° del Decreto 1426 de 1998, modificado por el artículo 1° del Decreto 248 de 2004, las siguientes denominaciones de empleo:
Denominación del empleo Grado Nivel Directivo Jefe de Oficina 01 Nivel Asistencial Oficinista 10 09 08 07 06 05 04 03 02 01 Secretaria 10 09 08 07 06 05 04 03 02 01 Auxiliar 10 09 08 07 06 05 04 03 02 01
Artículo 5°.
Establécense las siguientes escalas de asignaciones básicas mensuales para los diferentes niveles de empleo del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena:
Grado Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial 1 3.094.004 2.210.635 1.769.741 1.349.011 929.019 2 3.170.109 2.285.664 1.817.015 1.395.432 1.064.866 3 3.438.405 2.365.239 1.877.384 1.428.828 1.139.719 4 3.547.432 2.443.320 1.933.630 1.474.449 1.141.827 5 3.747.160 2.520.015 1.992.402 1.519.130 1.219.120 6 3.885.279 2.593.714 2.014.275 1.561.316 1.257.694 7 4.108.769 2.672.625 2.070.714 1.605.685 1.294.511 8 4.263.092 2.749.862 2.128.575 1.650.717 1.331.812 9 4.504.388 2.825.564 2.186.742 1.694.541 1.369.522 10 6.398.530 2.950.477 2.241.191 1.723.606 1.396.476 11 7.037.040 3.161.407 2.443.320 12 2.576.986 13 2.672.625 14 2.823.287 15 2.895.243 16 2.950.477 17 3.094.004 18 3.170.109 19 3.353.924 20 3.438.405
Artículo 6°.
Establecénce las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y clasicación de empleos fijada por el Decreto 1426 de 1998, modificado por el Decreto 248 de 2004, y la señalada en este decreto:
Situación Anterior Situación Nueva Nivel ocupacional Cargo Grado Nivel Ocupacional Cargo Grado Ejecutivo Jefe de Oficina 3 Directivo Jefe de Oficina 1 Administrativo Secretaria 10 Asistencial Secretaria 10 Administrativo Secretaria 9 Asistencial Secretaria 9 Administrativo Secretaria 6 Asistencial Secretaria 6 Administrativo Secretaria 3 Asistencial Secretaría 4 Administrativo Secretaria 1 Asistencial Secretaria 2 Administrativo Oficinista 6 Asistencial Oficinista 6 Administrativo Oficinista 3 Asistencial Oficinista 4 Operativo Auxiliar 8 Asistencial Auxiliar 3 Operativo Auxiliar 1 Asistencial Auxiliar 1
Parágrafo.
Con estricta sujeción a lo dispuesto en este artículo y sólo cuando a ello hubiere lugar, el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, procederá a adoptar las anteriores equivalencias en la primera nómina de pago siguiente a la fecha de vigencia del mismo.
Artículo 7º.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 1426 de 1998, 248 de 2004 y 380 de 2006. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 248 de 2004 Modifica en lo pertinente DECRETO 380 de 2006 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de mayo de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
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