DECRETO 1483 de 2008
por el cual se crea un bono extraordinario para los servidores públicos del orden nacional señalados en el artículo 1° de la Ley 4ª de 1992 y el Decreto-ley 272 de 2000.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1483
- Año
- 2008
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º.
Créase para los servidores públicos del orden nacional señalados en el artículo 1º de la Ley 4ª de 1992 y en el Decreto-ley 272 de 2000, por una sola vez y sin carácter salarial ni prestacional para ningún efecto legal, un bono extraordinario equivalente a cien mil pesos ($100.000) moneda corriente, el cual se pagará en el mes de mayo de 2008.
Tendrán derecho a este bono extraordinario los servidores públicos señalados en el inciso anterior, que se encontraban vinculados a la administración a 1º de septiembre de 2007 y permanezcan vinculados a la fecha de publicación del presente decreto, con excepción del Presidente de la República, Ministros de Despacho, Directores de Departamento Administrativo y Secretarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y el Vicepresidente de la República.
Artículo 2º.
El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
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