DECRETO 1419 de 1993
por el cual se aprueba el Acuerdo número 07 de 1993, expedido por el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 1419
- Año
- 1993
- Entidad
- DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO LEY El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el literal b) del artículo 26 del Decreto-ley 1050 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1°.
Apruébase el Acuerdo número 07 de 1993, expedido por el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO NUMERO 07 DE 1993 (mayo 11) por el cual se modifica una cuantía.
El Consejo Directivo de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial de las que le confieren los Decretos-leyes 1050 y 3130 de 1968 y en especial el artículo 80 del Decreto-ley 77 de 1987,
ACUERDA:
Artículo 1° Todo acto o contrato que obligue a la ESAP cuando la cuantía sea o exceda de 600 salarios mínimos mensuales, deberá ser autorizado o aprobado por el Consejo Directivo.
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 11 de mayo de 1993.
El Presidente, (Fdo.) Jorge Eliécer Sabas Bedoya, Subdirector General del Departamento Administrativo de la Función Pública Delegado del Director General.
El Secretario (Fdo.) Germán Puentes González. Secretario General de la ESAP.
El Secretario General de la Escuela Superior de Administración Pública, hace constar que el presente Acuerdo fue discutido y aprobado por el honorable Consejo Directivo de la ESAP en la sesión del 11 de mayo de 1993.
(Fdo.) Germán Puentes González.
Artículo 2°.
Este Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 21 de julio de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director General del Departamento Administrativo de la Función Pública, Carlos Humberto Isaza Rodríguez.
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