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DECRETO 1377 de 1999

por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 1570 de 1998

Tipo
DECRETO
Número
1377
Año
1999
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1.

Modifícase el artículo 2. del Decreto 1570 de 1998, el cual quedará así:

«Artículo 2. Para los efectos previstos en este decreto, el Comando General de las Fuerzas Militares, la Dirección General de Sanidad Militar, el Tribunal Superior Militar, los Comandos de Fuerza y la Dirección General de la Policía Nacional se entenderán como entidades».

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 1570 de 1998

Artículo 2.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíque se y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de julio de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Defensa Nacional, Luis Fernando Ramírez Acuńa.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Mauricio Zuluaga Ruiz.

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